Contraloría: 75 directivos de confianza de Gobierno Regional y Municipalidades no acreditaron cumplir requisitos académicos y de experiencia
Nota de prensaSe revisaron legajos de más de 210 directivos de libre designación y remoción.

6 de octubre de 2023 - 2:30 p. m.
Loreto.- La Contraloría General de la República dio a conocer los resultados del operativo nacional de “Verificación de requisitos e impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública” realizado en 15 entidades públicas, con el cual se pudo corroborar que 75 directivos de libre designación y remoción pertenecientes al Gobierno Regional y Municipalidades (provinciales y distritales) no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento, así como en los documentos de gestión de sus respectivas entidades.
Cabe señalar que la Ley N° 31419 está vigente desde febrero del 2022 y establece una serie de disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción.
Solo en la región Loreto se desplegaron 37 auditores distribuidos en 17 comisiones de control que intervinieron igual número de entidades entre el Gobierno Regional, Municipalidades Provinciales y Distritales. Los auditores revisaron legajos de 210 directivos de libre designación y remoción, de los cuales 181 corresponden al segundo nivel organizacional (Gobiernos Regionales y Locales) y 29 al tercer nivel organizacional (Gobierno Regional).
Situaciones adversas
Según el Informe N° 21998-2023-CG/GRLIM-SOP, en los 17 informes de control se revelaron un total de 63 situaciones adversas, entre las cuales se identificó que trece entidades sobrepasaron el límite del 5% del total de cargos o puestos existentes para la designación de servidores de confianza.
Este hecho no es acorde con la normativa vigente que busca una administración pública moderna, jerárquica y profesional para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a los usuarios.
Los auditores de la Contraloría también encontraron que en diez entidades públicas no se acreditó haber realizado una verificación de los requisitos mínimos exigidos en la normativa aplicable para la designación de cargos directivos. Asimismo, en trece entidades no acreditaron haber efectuado consulta alguna en las plataformas y registros para la verificación previa de impedimentos, en relación al acceso a la función pública de sus directivos públicos de libre designación y remoción.
Otro hallazgo relevante es que en diez entidades intervenidas no se actualizaron los instrumentos de gestión referidos al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Clasificador de Cargos, tal como lo dispone Ley Nº 31419, lo que provocaría el riesgo de no contar con directivos que cumplan requisitos acordes con la naturaleza y especialidad de cada entidad.
Sin procedimientos
También se advirtió que catorce entidades supervisadas no cuentan con procedimientos formales de verificación de perfiles y quince no cuentan con procedimientos formales para la designación de directivos. Esta situación debilita los mecanismos de control para el correcto proceso de designación de directivos en las entidades públicas, que sean acordes con los fines públicos que persigue su contratación en el sector público.
Recomendaciones
En base a estos resultados, la Contraloría recomendó a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) evaluar la pertinencia de brindar acceso a las plataformas de debida diligencia del sector público a los jefes de los Órganos de Control Institucional (OCI) de la Contraloría, lo cual permitirá contribuir a las labores de control gubernamental.
Mientras que a SERVIR se le recomendó que, en el marco de la Ley N° 31419 y su reglamento, evalúe la emisión de una normativa actualizada con relación a la gestión de legajos de las entidades públicas, puesto que el Manual Normativo de Personal N° 005-94-DNP “Legajo de Personal” está desactualizado.
Asimismo, en el marco de sus atribuciones, se le sugirió realizar las acciones de supervisión que correspondan para asegurar el cumplimiento de los requisitos de directivos públicos establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento por parte de las entidades comprendidas en el presente informe y así minimizar los riesgos advertidos e identificados durante el operativo.
A la vez, se recomendó fortalecer las acciones de monitoreo y supervisión a las entidades públicas para prevenir el eventual incumplimiento del límite legal de cargos de confianza, que en ningún caso deberá ser mayor al del 5% del total de cargos o puestos existentes para las designaciones de servidores de confianza o el número máximo de 50.
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Loreto, 5 de octubre de 2023
Gerencia de Comunicación Corporativa
NOTA DE PRENSA N° 1180 –2023-CG/GCOC
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