Más de 120 directivos de confianza del gobierno regional y municipalidades no acreditaron cumplir requisitos académicos y de experiencia

Nota de prensa
Se revisaron los legajos de 175 directivos de libre designación y remoción.
 La Contraloría General de la República dio a conocer los resultados del operativo nacional de “Verificación de requisitos e impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública” realizado en 21 entidades públicas de la región Ayacucho, con el cual se pudo verificar que 120 directivos de libre designación y remoción pertenecientes al gobierno regional y municipalidades (provinciales y distritales) no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento, así como en los documentos de gestión de sus respectivas entidades.

4 de octubre de 2023 - 2:00 p. m.

Ayacucho.- La Contraloría General de la República dio a conocer los resultados del operativo nacional de “Verificación de requisitos e impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública” realizado en 21 entidades públicas de la región Ayacucho, con el cual se pudo verificar que 120 directivos de libre designación y remoción pertenecientes al gobierno regional y municipalidades (provinciales y distritales) no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento, así como en los documentos de gestión de sus respectivas entidades.
Cabe señalar que la Ley N° 31419 está vigente desde febrero del 2022 y establece una serie de disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción.
Los auditores de la Contraloría también encontraron que en 14 entidades públicas no se acreditó haber efectuado consulta alguna en las plataformas y registros para la verificación previa de impedimentos, en relación al acceso a la función pública de sus directivos públicos de libre designación y remoción.
Para este operativo se desplegaron 39 auditores, distribuidos en 21 comisiones de control, que intervinieron en el gobierno regional, 11 municipalidades provinciales y 9 municipalidades distritales. Las comisiones de control revisaron los legajos de 175 directivos de libre designación y remoción, de los cuales 162 corresponden al segundo nivel organizacional (gobierno regional y locales) y 13 al tercer nivel organizacional (gobiernos regionales).
Principales resultados
Según el Informe N° 21998-2023-CG/GRLIM-SOP, en los 21 informes de control se revelaron que en relación al cumplimiento de requisitos mínimos para acceder al cargo de directivos públicos, 120 directivos públicos de libre designación y remoción en 19 entidades supervisadas no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia, según lo establecido en la Ley N° 31419 y su reglamento, y/o los documentos de gestión de las entidades supervisadas.
También se identificó que, de las 21 entidades intervenidas, en 12 (57% del total) sobrepasaron el límite del 5% del total de cargos o puestos existentes para la designación de servidores de confianza. Este hecho no es acorde con la normativa vigente, que busca una administración pública moderna, jerárquica, profesional, para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a los usuarios.
Adicionalmente, se identificó una entidad que superó el tope de 50 plazas de servidores de confianza y que no acreditó haber presentado la solicitud de excepción a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR).
Otro hallazgo relevante es que en 13 entidades intervenidas durante el operativo nacional no se actualizaron los instrumentos de gestión referidos al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Clasificador de Cargos, tal como lo dispone Ley Nº 31419, lo que provocaría el riesgo de no contar con directivos que cumplan requisitos acordes con la naturaleza y especialidad de cada entidad.
Falta de procedimientos
También se advirtió que 16 entidades públicas supervisadas en el operativo no cuentan con procedimientos formales de verificación de perfiles, lo que equivale al 76% del total supervisado.
Mientras que las 21 entidades púbicas (100%) no cuentan con procedimientos formales para la designación de directivos. Esta situación debilita los mecanismos de control para el correcto proceso de designación de directivos en las entidades públicas que sean acordes con los fines públicos que persigue su contratación en el sector público.
Más hallazgos
Otra situación preocupante fue que en 3 entidades se contrataron a directivos bajo la modalidad de locación de servicios para cumplir funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, lo cual afecta la naturaleza y legalidad de la contratación.
Recomendaciones
En base a estos resultados, la Contraloría recomendó a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) evaluar la pertinencia de brindar acceso a las plataformas de debida diligencia del sector público a los jefes de los Órganos de Control Institucional (OCI) de la Contraloría, lo cual permitirá contribuir a las labores de control gubernamental.
Mientras que a SERVIR se recomendó que, en el marco de la Ley N° 31419 y su reglamento, evalúe la emisión de una normativa actualizada con relación a la gestión de legajos de las entidades públicas, puesto que el Manual Normativo de Personal N° 005-94-DNP “Legajo de Personal” se encuentra desactualizado.
Asimismo, en el marco de sus atribuciones, se le sugirió realizar las acciones de supervisión que correspondan para asegurar el cumplimiento de los requisitos de directivos públicos establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento por parte de las entidades comprendidas en el presente informe, y así minimizar los riesgos advertidos e identificados durante el operativo.
Finalmente, se recomendó fortalecer las acciones de monitoreo y supervisión a las entidades públicas para prevenir el eventual incumplimiento del límite legal de cargos de confianza, que en ningún caso deberá ser mayor al del 5% del total de cargos o puestos existentes para las designaciones de servidores de confianza o al número máximo de 50.
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Ayacucho, 4 de octubre de 2023
Gerencia de Comunicación Corporativa

NOTA DE PRENSA N° 1160- 2023-CG/GCOC