Contraloría detectó pago a inspectora sanitaria en DIRESA Madre de Dios pese a impedimento de contratar con el Estado
Nota de prensa• Se trata de la hermana de un consejero que, según la Ley, no puede brindar servicios durante el periodo que dure el cargo.

30 de marzo de 2023 - 10:36 a. m.
Madre de Dios. - La Contraloría General de la República determinó que la hermana de un consejero regional de Madre de Dios, realizó contratos con la Dirección Regional de Salud (Diresa) como inspectora sanitaria, pese a estar imposibilitada para contratar con el Estado.
En el artículo 11 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 30225, se establece que los consejeros están impedidos de ser proveedores, contratistas y subcontratistas, incluso en montos menores o iguales a 8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), durante el ejercicio de su cargo y hasta 12 meses de haber concluido el mismo. Este impedimento también se extiende a su cónyuge y parientes de hasta segundo grado de consanguinidad.
Según el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 004-2023-OCI/0825-AOP, que comprende del 13 a 23 de marzo del 2023, se especifica que la hermana del consejero prestó servicios a la Microred de Salud Laberinto, en los meses de enero, febrero y marzo del 2022. En ese periodo la referida autoridad ejercía el cargo, y de esa manera se afectó los principios de legalidad, transparencia y el correcto funcionamiento de la entidad.
En el presente documento también se advierte que la pariente del consejero no figuraba en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), requisito indispensable para contratar con el Estado. Pese a ello, se realizó el contrato y se pagó sin que los funcionarios a cargo del trámite hicieran la observación y/o advertencia.
El informe y sus recomendaciones fueron remitidos al titular de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, para que adopte las acciones que correspondan y puedan superar el hecho irregular advertido. Recuerde que este informe y todos los informes se encuentran publicados en el portal institucional de la Contraloría www.gop.pe/contraloria. También se pueden acceder mediante nuestro Buscador de Informes de Control.
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En el artículo 11 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 30225, se establece que los consejeros están impedidos de ser proveedores, contratistas y subcontratistas, incluso en montos menores o iguales a 8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), durante el ejercicio de su cargo y hasta 12 meses de haber concluido el mismo. Este impedimento también se extiende a su cónyuge y parientes de hasta segundo grado de consanguinidad.
Según el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 004-2023-OCI/0825-AOP, que comprende del 13 a 23 de marzo del 2023, se especifica que la hermana del consejero prestó servicios a la Microred de Salud Laberinto, en los meses de enero, febrero y marzo del 2022. En ese periodo la referida autoridad ejercía el cargo, y de esa manera se afectó los principios de legalidad, transparencia y el correcto funcionamiento de la entidad.
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Nota de Prensa N° 321-2023-CG/GCOC
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