Comunicado N° 001-2022-CG/PREVI/SIREC

Comunicado
Imagen comunicado

28 de octubre de 2022 - 8:17 a. m.

Contraloría General comunica a las entidades la habilitación del Sistema de Identificación, Registro y Consulta de Funcionarios y Servidores Públicos que Administren o Manejen Fondos Públicos (SIREC).

Se comunica a los titulares de las entidades, a los responsables de la Direcciones Generales de Administración (o las dependencias que hagan sus veces), y a los funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos públicos[1] que, desde la fecha, ya se encuentra habilitado el Sistema de Identificación, Registro y Consulta de Funcionarios y Servidores Públicos que Administren o Manejen Fondos Públicos (SIREC), en el marco de la Directiva N° 012-2022-CG/PREVI[2], que norma y regula el registro de información sobre la identificación de los funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos públicos en las entidades del Estado.  

1)    Proceso de registro en el SIREC:
Para registrar en el SIREC, el responsable de la Dirección General de Administración (DGA), o la dependencia que haga sus veces en la entidad, debe seguir los siguientes pasos:
 
  • Ingresar al Sistema de Registro de Declaraciones Juradas en Línea (SIDJ), a través del enlace: https://apps1.contraloria.gob.pe/ddjj/ 
  • Acceder al SIDJ con el usuario y contraseña generados para este sistema (Rol: Jefe de OGA)
  • Ubicar el módulo “SIREC”, e identificar y registrar, por cada cargo o función, la información sobre los funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos públicos en su entidad, así como el sistema o los sistemas de la Administración Financiera del Sector Público, al cual se encuentren vinculados en el desarrollo de sus actividades. 

2)    Registro inicial en el SIREC:
De acuerdo a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la citada Directiva, el registro inicial en el SIREC debe ser realizado por el responsable de la DGA en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la presente comunicación de la habilitación del SIREC, teniendo en cuenta que el registro inicial debe efectuarse desde la vigencia de la ley N° 31419[1], plazo que concluye el jueves 15 de diciembre de 2022.

3)   Asistencia técnica
Finalmente, para orientación y consultas, pueden comunicarse con el sectorista correspondiente a su entidad.
 
Viernes, 28 de octubre de 2022

Subgerencia de Prevención e Integridad
Gerencia de Prevención y Auditoría de Desempeño
Contraloría General de la Republica del Perú

[1] Fondos del Estado o de organismos sostenidos por este.
[2] Aprobada con RC N° 207-2022-CG (16/05/2022): Directiva N° 012-2022-CG/PREVI “Disposiciones para el registro de información en el sistema de la Contraloría General de la República de la identificación de funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos públicos”.
[3] LEY N° 31419: “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción”, publicada en el diario El Peruano el martes, 15 de febrero de 2022 (Vigente desde el miércoles, 16 de febrero de 2022). 


N° 023-2022-CG/GCOC