Comunicado: Contraloría advierte un serio retroceso en la lucha contra la inconducta funcional y la corrupción
Comunicado
26 de abril de 2019 - 6:24 p. m.
Pronunciamiento
Contraloría advierte un serio retroceso en la lucha contra la inconducta funcional y la corrupción
Ante la publicación de un fallo del Tribunal Constitucional (TC) en su portal web, que limita las facultades sancionadoras de la Contraloría General de la República, se comunica a la opinión pública lo siguiente:
1.- Apenas se publique la sentencia del TC (contenida en el expediente N° 0020-2015-PI/TC) en el diario ocial El Peruano, se materializará un serio retroceso en la lucha contra la inconducta funcional, la corrupción y la impunidad administrativa porque, en la práctica, limitará nuestra facultad sancionadora contra los funcionarios y servidores públicos que han incurrido o incurran en actos y omisiones que vulneran el marco jurídico configurando inconductas funcionales.
2.- Con esta decisión, se estaría librando de sanción a más de 15 mil funcionarios y servidores públicos, a quienes se determinó presunta responsabilidad administrativa funcional y que al 23 de abril del 2019 se encuentran en pleno proceso administrativo sancionador; afectándose así los esfuerzos desplegados por el Sistema Nacional de Control en la identificación y sanción a los presuntos responsables de haber incumplido sus funciones y/o afectado los intereses del Estado.
3.- Es importante precisar que la Contraloría General viene ejerciendo su potestad sancionadora amparada en su Ley Orgánica N° 27785, Ley del Sistema Nacional de Control, actuando siempre bajo el principio de legalidad, respetando el debido proceso y la independencia e imparcialidad de sus órganos instructores y sancionadores.
4.- Saludamos que el TC reconozca que la Contraloría General, desde el punto de vista constitucional, sí tiene facultad sancionadora, sin embargo lamentamos declare inconstitucional las conductas infractoras que motivan la sanción (artículo 46 de la Ley N° 27785), es decir, aquellas en las que incurren los servidores y funcionarios públicos que contravengan el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen.
5.- Es de mencionar que en el Procedimiento Administrativo Sancionador se han estado aplicando, de manera efectiva y respetando el debido proceso, sanciones administrativas de suspensión e inhabilitación temporal para trabajar en el Estado a quienes han incurrido en inconducta funcional, con infracciones administrativas graves y muy graves que están debidamente tipicadas en el Reglamento aprobado por D.S. N° 023-2011-PCM, donde se indica con claridad cada una de las conductas infractoras, así como las sanciones correspondientes. Estas estarían siendo derogadas una vez publicada la sentencia en el diario oficial El Peruano.
6.-En la Contraloría General somos respetuosos del Estado de Derecho y de los fallos del Tribunal Constitucional, pero consideramos que esta sentencia es contradictoria y deja algunos vacíos legales que son necesarios resolver para salvaguardar los intereses del país, por lo cual anunciamos que estaremos presentando una propuesta legislativa que garantice y restablezca en su totalidad el ejercicio de nuestra potestad sancionadora.
Exhortamos a los Poderes Ejecutivo y Legislativo a unir esfuerzos en las acciones e iniciativas legislativas orientadas a que los actos de corrupción e inconducta funcional no queden impunes.
Contraloría General de la República
Lima, 26 de abril del 2019
Contraloría advierte un serio retroceso en la lucha contra la inconducta funcional y la corrupción
Ante la publicación de un fallo del Tribunal Constitucional (TC) en su portal web, que limita las facultades sancionadoras de la Contraloría General de la República, se comunica a la opinión pública lo siguiente:
1.- Apenas se publique la sentencia del TC (contenida en el expediente N° 0020-2015-PI/TC) en el diario ocial El Peruano, se materializará un serio retroceso en la lucha contra la inconducta funcional, la corrupción y la impunidad administrativa porque, en la práctica, limitará nuestra facultad sancionadora contra los funcionarios y servidores públicos que han incurrido o incurran en actos y omisiones que vulneran el marco jurídico configurando inconductas funcionales.
2.- Con esta decisión, se estaría librando de sanción a más de 15 mil funcionarios y servidores públicos, a quienes se determinó presunta responsabilidad administrativa funcional y que al 23 de abril del 2019 se encuentran en pleno proceso administrativo sancionador; afectándose así los esfuerzos desplegados por el Sistema Nacional de Control en la identificación y sanción a los presuntos responsables de haber incumplido sus funciones y/o afectado los intereses del Estado.
3.- Es importante precisar que la Contraloría General viene ejerciendo su potestad sancionadora amparada en su Ley Orgánica N° 27785, Ley del Sistema Nacional de Control, actuando siempre bajo el principio de legalidad, respetando el debido proceso y la independencia e imparcialidad de sus órganos instructores y sancionadores.
4.- Saludamos que el TC reconozca que la Contraloría General, desde el punto de vista constitucional, sí tiene facultad sancionadora, sin embargo lamentamos declare inconstitucional las conductas infractoras que motivan la sanción (artículo 46 de la Ley N° 27785), es decir, aquellas en las que incurren los servidores y funcionarios públicos que contravengan el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen.
5.- Es de mencionar que en el Procedimiento Administrativo Sancionador se han estado aplicando, de manera efectiva y respetando el debido proceso, sanciones administrativas de suspensión e inhabilitación temporal para trabajar en el Estado a quienes han incurrido en inconducta funcional, con infracciones administrativas graves y muy graves que están debidamente tipicadas en el Reglamento aprobado por D.S. N° 023-2011-PCM, donde se indica con claridad cada una de las conductas infractoras, así como las sanciones correspondientes. Estas estarían siendo derogadas una vez publicada la sentencia en el diario oficial El Peruano.
6.-En la Contraloría General somos respetuosos del Estado de Derecho y de los fallos del Tribunal Constitucional, pero consideramos que esta sentencia es contradictoria y deja algunos vacíos legales que son necesarios resolver para salvaguardar los intereses del país, por lo cual anunciamos que estaremos presentando una propuesta legislativa que garantice y restablezca en su totalidad el ejercicio de nuestra potestad sancionadora.
Exhortamos a los Poderes Ejecutivo y Legislativo a unir esfuerzos en las acciones e iniciativas legislativas orientadas a que los actos de corrupción e inconducta funcional no queden impunes.
Contraloría General de la República
Lima, 26 de abril del 2019