Comunicado: Sobre las expresiones del fiscal provincial Juan Manuel Carrasco Millones, a cargo de la fiscalía provincial especializada
Comunicado
17 de diciembre de 2019 - 6:16 p. m.
Comunicado
Sobre las expresiones del fiscal provincial Juan Manuel carrasco millones, a cargo de la fiscalía provincial especializada contra la criminalidad organizada de Chiclayo
Invocamos a la Fiscal de la Nación hacer de conocimiento de todos los fiscales provinciales la presente aclaración y exhortarlos a respetar los propios protocolos de coordinación que ha fijado el Ministerio Público.
En relación a las expresiones del Fiscal Provincial Juan Manuel Carrasco Millones, titular de la Fiscalía Provincial Especializada contra la Criminalidad Organizada de Chiclayo, en el sentido que la política de trabajo de la Contraloría General demoraría o afectaría los procesos de investigación a su cargo, proponiendo incluso la remoción del Contralor General de la República, se informa a la opinión pública lo siguiente:
1. La Contraloría General mantiene y garantiza su compromiso en la lucha contra la corrupción y la inconducta funcional de los servidores y funcionarios públicos. Dicho compromiso ha sido materializado no solo con la publicación de todos los informes de control en el portal institucional, sino también mediante el trabajo coordinado y ordenado con instituciones como el Ministerio Público, que vienen haciendo esfuerzos significativos en esta difícil tarea, en el marco del deber de colaboración de las instituciones y entidades públicas y privadas contra el crimen organizado y otros delitos.
2. Hacemos los mayores esfuerzos por cumplir con cada uno de los pedidos de información y apoyo técnico derivados del Ministerio Público, por lo que, con el propósito de cumplir con nuestro compromiso de colaborar con la labor fiscal, ambas instituciones (Ministerio Público y Contraloría General) establecieron un protocolo para la atención prioritaria de dichos pedidos, debiendo ser gestionados a través del despacho del Fiscal de la Nación. Disposición que está vigente desde setiembre de 2017, tal como lo vienen cumpliendo los Coordinadores Nacionales de las Fiscalías Especializadas, Equipos Especiales, entre otras fiscalías.
3. No obstante lo señalado, los pedidos de apoyo emitidos por el fiscal Carrasco Millones no cumplen el protocolo establecido, habiéndose verificado que el 27 NOV 2019 formuló dos pedidos a la Contraloría General (los Oficios N° 2797 y 2806-2019-FECOR-CH-MP-FN/JJGH), requiriendo la conformación de un equipo de auditores detallando los nombres y apellidos de sus integrantes para la realización de 61 auditorías en las regiones de Lambayeque y Cajamarca “para las investigaciones de los casos relacionados con organizaciones criminales dedicadas a la comisión de delitos de corrupción de funcionarios”.
4. Lamentamos las afirmaciones del Fiscal Provincial, que demostrarían un desconocimiento de la labor de control. La función de la Fiscalía es investigar, en el ejercicio de sus facultades y atribuciones legales, con el propósito de plantear la acción penal para acreditar la comisión de un delito; mientras que el trabajo de la Contraloría constituye un insumo relevante que aporta a la investigación fiscal, del mismo modo que aporta el apoyo técnico que brindan nuestros auditores a dichas investigaciones.
5. Afirmar que una investigación se encuentra estancada porque la Contraloría no brinda el apoyo solicitado, supone desnaturalizar la labor del órgano de control y menoscabar la labor del Fiscal como único responsable de la investigación y cumplimiento de los plazos.
6. La atención de los pedidos efectuados directamente por el Fiscal Provincial Carrasco Millones, presume la disposición de personal y recursos de la Contraloría General, para actividades distintas a las programadas en el marco de nuestro Plan Anual de Control. La colaboración que brinda la Contraloría General no debe ser entendida como una labor de sustitución de la labor de investigación que es exclusiva y excluyente del Fiscal.
Lima, 17 de diciembre de 2019
Contraloría General de la República
Sobre las expresiones del fiscal provincial Juan Manuel carrasco millones, a cargo de la fiscalía provincial especializada contra la criminalidad organizada de Chiclayo
Invocamos a la Fiscal de la Nación hacer de conocimiento de todos los fiscales provinciales la presente aclaración y exhortarlos a respetar los propios protocolos de coordinación que ha fijado el Ministerio Público.
En relación a las expresiones del Fiscal Provincial Juan Manuel Carrasco Millones, titular de la Fiscalía Provincial Especializada contra la Criminalidad Organizada de Chiclayo, en el sentido que la política de trabajo de la Contraloría General demoraría o afectaría los procesos de investigación a su cargo, proponiendo incluso la remoción del Contralor General de la República, se informa a la opinión pública lo siguiente:
1. La Contraloría General mantiene y garantiza su compromiso en la lucha contra la corrupción y la inconducta funcional de los servidores y funcionarios públicos. Dicho compromiso ha sido materializado no solo con la publicación de todos los informes de control en el portal institucional, sino también mediante el trabajo coordinado y ordenado con instituciones como el Ministerio Público, que vienen haciendo esfuerzos significativos en esta difícil tarea, en el marco del deber de colaboración de las instituciones y entidades públicas y privadas contra el crimen organizado y otros delitos.
2. Hacemos los mayores esfuerzos por cumplir con cada uno de los pedidos de información y apoyo técnico derivados del Ministerio Público, por lo que, con el propósito de cumplir con nuestro compromiso de colaborar con la labor fiscal, ambas instituciones (Ministerio Público y Contraloría General) establecieron un protocolo para la atención prioritaria de dichos pedidos, debiendo ser gestionados a través del despacho del Fiscal de la Nación. Disposición que está vigente desde setiembre de 2017, tal como lo vienen cumpliendo los Coordinadores Nacionales de las Fiscalías Especializadas, Equipos Especiales, entre otras fiscalías.
3. No obstante lo señalado, los pedidos de apoyo emitidos por el fiscal Carrasco Millones no cumplen el protocolo establecido, habiéndose verificado que el 27 NOV 2019 formuló dos pedidos a la Contraloría General (los Oficios N° 2797 y 2806-2019-FECOR-CH-MP-FN/JJGH), requiriendo la conformación de un equipo de auditores detallando los nombres y apellidos de sus integrantes para la realización de 61 auditorías en las regiones de Lambayeque y Cajamarca “para las investigaciones de los casos relacionados con organizaciones criminales dedicadas a la comisión de delitos de corrupción de funcionarios”.
4. Lamentamos las afirmaciones del Fiscal Provincial, que demostrarían un desconocimiento de la labor de control. La función de la Fiscalía es investigar, en el ejercicio de sus facultades y atribuciones legales, con el propósito de plantear la acción penal para acreditar la comisión de un delito; mientras que el trabajo de la Contraloría constituye un insumo relevante que aporta a la investigación fiscal, del mismo modo que aporta el apoyo técnico que brindan nuestros auditores a dichas investigaciones.
5. Afirmar que una investigación se encuentra estancada porque la Contraloría no brinda el apoyo solicitado, supone desnaturalizar la labor del órgano de control y menoscabar la labor del Fiscal como único responsable de la investigación y cumplimiento de los plazos.
6. La atención de los pedidos efectuados directamente por el Fiscal Provincial Carrasco Millones, presume la disposición de personal y recursos de la Contraloría General, para actividades distintas a las programadas en el marco de nuestro Plan Anual de Control. La colaboración que brinda la Contraloría General no debe ser entendida como una labor de sustitución de la labor de investigación que es exclusiva y excluyente del Fiscal.
Lima, 17 de diciembre de 2019
Contraloría General de la República