Comunicado Oficial 001-2011-CG, "A las entidades del sector público"
Comunicado
10 de enero de 2011 - 10:29 p. m.
Remisión a la Contraloría General de la República de la Relación de Nombramientos y Contratos de los Obligados a Presentar Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas del Ejercicio 2010.
La Contraloría General de la República, en virtud de la Ley N° 27482 y su Reglamento, recuerda a los Titulares de cada Pliego Presupuestal la obligación de remitir a este Organismo Superior de Control, a través de cada Dirección General de Administración de sus entidades o la dependencia que haga sus veces, la relación de nombramientos y contratos de los obligados a la presentación de la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas, así como la información pormenorizada del total de los ingresos que por dichos contratos o nombramientos perciban los mismos (ejercicio 2010). Para efectos de la remisión de la citada información, deberá utilizarse el formato que como Anexo N° 02 se adjunta a la Directiva N° 02-2002-CG/AC, aprobada por Resolución de Contraloría N° 174-2002-CG y publicada en la Página Web de la Contraloría General de la República en el link http://www.contraloria.gob.pe/wps/portal/portalcgr/ddjj. El plazo para la presentación de la mencionada información vence el 31 de enero de cada año. De otro lado, se precisa que de acuerdo a lo establecido en el literal “b” del artículo 2° de la Ley N° 27482 y literal “b” del artículo 3° de su Reglamento, se encuentran obligados a presentar declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas, las autoridades y funcionarios de aquellas municipalidades que administren recursos superiores a las 2000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) al año. Para dicho efecto, se deberá tomar como referencia el presupuesto ejecutado (en su fase de devengado) al 31 de diciembre del ejercicio presupuestal 2010. Las citadas municipalidades, deberán cumplir igualmente con la presentación de su respectiva relación de nombramientos y contratos conforme a lo indicado en el presente comunicado. Asimismo, se recuerda que de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 9° del Reglamento de la Ley N° 27482, la Dirección General de Administración de cada entidad, o la dependencia que haga sus veces, se encuentra en la obligación de poner en conocimiento de la Contraloría General de la República, los casos de incumplimiento de presentación de la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas por parte de los obligados.
Lima, 10 de enero de 2011
SECRETARÍA GENERAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
La Contraloría General de la República, en virtud de la Ley N° 27482 y su Reglamento, recuerda a los Titulares de cada Pliego Presupuestal la obligación de remitir a este Organismo Superior de Control, a través de cada Dirección General de Administración de sus entidades o la dependencia que haga sus veces, la relación de nombramientos y contratos de los obligados a la presentación de la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas, así como la información pormenorizada del total de los ingresos que por dichos contratos o nombramientos perciban los mismos (ejercicio 2010). Para efectos de la remisión de la citada información, deberá utilizarse el formato que como Anexo N° 02 se adjunta a la Directiva N° 02-2002-CG/AC, aprobada por Resolución de Contraloría N° 174-2002-CG y publicada en la Página Web de la Contraloría General de la República en el link http://www.contraloria.gob.pe/wps/portal/portalcgr/ddjj. El plazo para la presentación de la mencionada información vence el 31 de enero de cada año. De otro lado, se precisa que de acuerdo a lo establecido en el literal “b” del artículo 2° de la Ley N° 27482 y literal “b” del artículo 3° de su Reglamento, se encuentran obligados a presentar declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas, las autoridades y funcionarios de aquellas municipalidades que administren recursos superiores a las 2000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) al año. Para dicho efecto, se deberá tomar como referencia el presupuesto ejecutado (en su fase de devengado) al 31 de diciembre del ejercicio presupuestal 2010. Las citadas municipalidades, deberán cumplir igualmente con la presentación de su respectiva relación de nombramientos y contratos conforme a lo indicado en el presente comunicado. Asimismo, se recuerda que de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 9° del Reglamento de la Ley N° 27482, la Dirección General de Administración de cada entidad, o la dependencia que haga sus veces, se encuentra en la obligación de poner en conocimiento de la Contraloría General de la República, los casos de incumplimiento de presentación de la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas por parte de los obligados.
Lima, 10 de enero de 2011
SECRETARÍA GENERAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA