Comunicado: Contraloría respalda resultados de servicios de control realizados región La Libertad

Comunicado
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28 de febrero de 2022 - 12:28 p. m.

Respecto al cuestionamiento difundido en un medio de comunicación de la región La Libertad, sobre los resultados del control realizado por la Contraloría General al pago de la “Bonificación Especial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación”, a un determinado número de docentes beneficiarios de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) N.° 04 Trujillo Sur Este y Ascope, informamos:
1. Los servicios de control se realizaron con el propósito de determinar si el cálculo y pago de la “Bonificación Especial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación”, al personal docente de las distintas UGEL de la región La Libertad, se efectuaron conforme a la normatividad aplicable.
El control no cuestiona el pago que, por derecho, los docentes deben recibir por este concepto; lo observado está relacionado con el cálculo de la bonificación, según lo evidenciado por los auditores de la Contraloría General, puesto que se ha comprobado el incumplimiento e interpretación errónea de las normativas vigentes en esa materia.
2. En ese sentido, precisamos que la “Bonificación Especial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación” ha sido calculada considerando conceptos remunerativos aprobados mediante Decreto Ley N.º 25671, Leyes N.º 29062 y N.º 28979, Decreto Supremo N.º 081-93-EF, N.º 019-94-PC, Decreto de Urgencia N.º 080-94, entre otras normativas que prohíben expresamente incluir dichos conceptos como base del cálculo, lo cual ha sido observado por las comisiones auditoras.
3. Los informes de control N. ° 001-2022 y 022-2021 realizados a las UGEL Ascope y Trujillo Sur Este evidencian que desde el 2012 al 2021 y del 2015 al 2020, respectivamente, se ha calculado irregularmente dicha bonificación, al incluir conceptos de pago expresamente prohibidos por la normatividad legal para ser considerados como base de cálculo de la bonificación en mención, inobservando con ello el ordenamiento legal aplicable.
Dichos errores han significado un perjuicio económico al Estado por S/ 645 900.89 y el riesgo potencial de pagar el saldo reconocido de S/ 450 456.84.
En consecuencia, lo evidenciado por el equipo de auditores no significa desconocer el pago de la “Bonificación Especial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación”, que por derecho corresponde a los docentes y está amparo por la Ley del Profesorado N.º 24029 (modificada por la Ley N.º 25212) y su reglamento, sino un error de interpretación de los operadores en el cálculo de dicha bonificación.
Los recursos públicos deben asignarse respetando las disposiciones que para tal fin son emitidas, a fin de preservar el correcto uso de los mismos, lo contrario demanda que entidades como la Contraloría General revelen las irregularidades detectadas y dispongan las medidas correctivas. Esa es la función que ha cumplido el equipo de auditores a cargo de los informes de control emitidos, con el objeto de preservar el idóneo uso de los recursos del Estado.
Respetamos el derecho a la réplica a nuestras acciones de control; sin embargo, enfatizamos que los hechos revelados y las medidas correctivas que deberán adoptar las entidades en cuestión, corresponden a la fiscalización en materia de control sustentada en las disposiciones y evidencias de omisión detectadas, por lo que institucionalmente respaldamos los resultados de los servicios de control realizados por auditores de la región La Libertad, en el ejercicio de su labor.
La Libertad, 28 de febrero de 2022
Contraloría General de la República

Comunicado N° 013-2022-CG/GCOC