028-2019-CG-GCOC: Compra de combustible sin proceso de selección genera perjuicio económico por más de S/ 60 mil

Nota de prensa
La Contraloría General detectó un perjuicio económico por S/ 60 689,16 en contra de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, en Lambayeque, debido a adquisiciones de combustible...

15 de enero de 2019 - 12:00 a. m.

  • A Municipalidad de Chiclayo
  • Se encontró presunta responsabilidad penal y administrativa en 16 ex funcionarios y ex servidores del municipio

La Contraloría General detectó un perjuicio económico por S/ 60 689,16 en contra de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, en Lambayeque, debido a adquisiciones de combustible y accesorios en la estación de servicios “El Chofer” sin que se realicen los debidos procesos de selección. Igualmente, se estableció presunta responsabilidad penal y administrativa en 16 ex funcionarios y/o ex servidores de la entidad.

En una auditoría realizada por el Entidad Fiscalizadora Superior se revisó y analizó documentación relativa a las compras efectuadas por el referido municipio a dicha estación de servicios durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2015.

Esta observación y otras se encuentran plasmadas en el Informe de Auditoría de Cumplimento N° 018-2018-2-0425, el cual fue remitido al Órgano Instructor competente y a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General para el inicio del procedimiento sancionador y las acciones legales, respectivamente, a los entonces funcionarios y servidores comprendidos en el documento.

Observaciones detectadas en la auditoría:
  • Las compras de gasolina de 84 octanos y petróleo Diésel B5 se realizaron sin procesos de selección al margen de la normatividad, generando un perjuicio económico de S/ 59,371.66
  • Adquisición de accesorios para el surtidor del grifo municipal sobrevaluada y al margen de la normativa generó un perjuicio económico de S/ 1, 317.50
  • El fraccionamiento de compra programable de aceites y lubricantes permitió contrataciones directas menores a 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) al proveedor estación de servicios “El Chofer” por el monto de S/ 32, 378.60, hecho que estuvo al margen de la normatividad. En este caso dicho monto no representa perjuicio económico

Las situaciones descritas afectaron la moralidad, libre concurrencia y competencia, así como la imparcialidad, eficiencia, economía y trato justo e igualitario y el correcto funcionamiento de la administración pública.

Recomendaciones:

Al titular de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, se recomendó comunicar por escrito a los gerentes y subgerentes de las distintas unidades orgánicas de la entidad la prohibición existente en la normatividad de adquirir bienes programables o programados en el Plan Anual de Contrataciones, sin procedimiento de selección, y/o fraccionar gastos para rendirlos con fondos de caja chica, bajo responsabilidad.

Asimismo, que se disponga por escrito a los gerentes municipal y de administración y finanzas la prohibición de reconocer o regularizar gastos que no han sido requeridos y contratados en cumplimiento de las normas técnicas internas vigentes y normatividad aplicable, bajo responsabilidad e inicio de acciones administrativas penales y/o civiles, de ser el caso.

El informe de Auditoría de Cumplimiento, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, se encuentra publicado en www.contraloria.gob.pe (Sección: Transparencia e Informes de Control), conforme lo dispone la nueva Ley de Fortalecimiento de la Contraloría y del Sistema Nacional de Control, en aras de la transparencia y acceso a la información.

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