041-2019-CG-GCOC: Contraloría identificó vulneración de Ley de Contrataciones en remodelación de estadio “La Bombonera” en Tacna

Nota de prensa
La Contraloría General identificó la vulneración de la Ley de Contrataciones del Estado durante la ejecución fraccionada del 42% del presupuesto total de la obra Remodelación...

21 de enero de 2019 - 12:00 a. m.

  • Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva fraccionó compras y servicios a un solo proveedor

La Contraloría General identificó la vulneración de la Ley de Contrataciones del Estado durante la ejecución fraccionada del 42% del presupuesto total de la obra Remodelación del estadio municipal “La Bombonera”, valorizada en S/ 175, 395.53 y ejecutada por la Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva, en la región Tacna.

El informe de acción simultánea, elaborado por la Contraloría revela que el referido municipio, en cumplimiento a la normativa, debió convocar a un procedimiento de selección para la contratación de un proveedor que se encargue de ejecutar la totalidad las partidas: Remodelación de la plataforma deportiva por un monto de S/ 73, 941.00. Ello en razón a que las labores corresponden a un solo objeto contractual.

Sin embargo, la entidad realizó esta labor en forma fraccionada, al contratar de manera directa de compras y servicios, a un mismo proveedor.

Este hecho es uno de los seis riesgos identificados por la Entidad Fiscalizadora Superior, que se encuentran en el informe de Acción Simultánea N°007-2018-OCI/4605-AS publicado en la página web www.contraloria.gob.pe sección (Transparencia e Informes de Control), conforme lo dispone la nueva Ley de Fortalecimiento de la Contraloría y del Sistema Nacional de Control, en aras de la transparencia y acceso a la información.

Riesgos:

1. Fraccionamiento de compras y servicios durante la ejecución e la obra evitaron la contratación a través de un procedimiento de selección, lo cual generó el riesgo potencial de que se limite a la entidad a optar por mejores ofertas a mejores precios y se direccione la contratación de un determinado proveedor.

2. Aprobación de adicional N°1 sin cumplir con los lineamientos establecidos por la entidad, genera el riesgo potencial que el presupuesto aprobado no sea acorde a los precios de mercado y/o se justifique la necesidad del incremento de los gastos generales, lo que conllevaría a que no se cautele el uso eficiente de los recursos del Estado.

3. La inadecuada verificación de la ejecución de la partida “Construcción de plataforma deportiva”, genera el riesgo potencial de que no se utilicen adecuadamente los recursos financieros destinados al pago de servicios que no cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas o que estos se hagan en un tiempo menor al señalado en los cuadros de necesidades adjuntos a las órdenes de servicio.

4. La inadecuada custodia de los bienes en desuso inutilizados durante la ejecución de la partida “Mejoramiento de los servicios higiénicos”, genera el riesgo potencial de posibles pérdidas, lo conlleva al control inadecuado de los bienes del estado inobservando la normativa interna de la Entidad.

5. La omisión en el trámite de ampliación genera el riesgo potencial de que se realicen mayores gastos sin tener una fecha cierta de conclusión del proyecto, originando adicionalmente que no se cumplan con los objetivos y la normativa interna de aplicación obligatoria emitida por la propia Entidad.

6. La ejecución de partida limpieza y desinfección de reservorios, fue ejecutada sin cumplir con las especificaciones técnicas, genera el riesgo potencial del uso indeficiente o del uso de mayores gastos de los recursos del Estado, toda vez que no se estaría cautelando la correcta ejecución del proyecto.

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