417-2018-CG Informe de Contraloría permitió sentenciar a ex funcionarios de la municipalidad distrital de San Gabán

Nota de prensa
En mérito al Informe Especial N°131-2008-CG/ORPU, emitido por la Contraloría General de la República, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema...

13 de junio de 2018 - 12:00 a. m.

En mérito al Informe Especial N°131-2008-CG/ORPU, emitido por la Contraloría General de la República, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República sentenció a Adolfo Huamantica Condori, ex alcalde, y Pedro Cari Condori, ex tesorero, ambos de la Municipalidad Distrital de San Gabán, de la provincia de Carabaya, región Puno, por diversos delitos contra la administración pública.

A Huamantica Condori se le sentenció como autor del delito contra la administración pública, en su modalidad de colusión desleal y Cari Condori por peculado doloso, en perjuicio de la Municipalidad distrital de San Gabán.

De acuerdo al informe, se evidenció que el exburgomaestre contrató la provisión de combustible y lubricantes efectuado entre los años 2004 al 2006 con establecimientos no autorizados, además no se acreditó el ingreso y utilización de los suministros en beneficio de la entidad, ocasionando un perjuicio económico de S/ 247,772.40.

En cuanto a Pedro Cari, la justicia lo acusó de haber suscrito diversos cheques a favor de supuestos proveedores; a pesar de que los documentos que obraron en los comprobantes de pago, boletas y guías de internamiento, no sustentaron la recepción ni la utilización de combustible y lubricantes.

La Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, condenó a Adolfo Huamantica Condori a cuatro años de pena privativa de libertad, así como la inhabilitación por tres años y la reparación civil de S/20,000.00 y a Pedro Cari Condori se le impuso tres años de pena privativa de libertad y S/20,000.00 de reparación civil.

La Contraloría General de la República reafirma su labor de supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y trasparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos.

Asimismo se recuerda que está prohibido obtener beneficios, ventajas indebidas mediante el uso del cargo, autoridad e influencia. Infringir esta prohibición es sancionado con inhabilitación para el ejercicio de la función pública no menor de 3 ni mayor de 5 años de acuerdo a la Ley del Código de Ética de la Función Pública e Infracción.