653-2018-CG Identifican perjuicio económico por más de 414 mil soles en la Universidad Nacional autónoma de alto Amazonas en Loreto
Nota de prensa
14 de setiembre de 2018 - 12:00 a. m.
- Se evidenció presunta responsabilidad del tipo administrativa y civil en 4 funcionarios
La Contraloría General identificó un perjuicio económico por más de 414 mil soles en la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas (Loreto) debido a que funcionarios venían percibiendo doble ingreso del Estado, lo que está prohibido según la normativa vigente, y por la inaplicación de penalidad por mora a un contratista que incumplió la entrega de bienes en el plazo establecido.
Así lo establece el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 284-2018-CG\GRLO, elaborado por la Gerencia Regional de Control de Loreto que identificó presunta responsabilidad de tipo administrativa y civil en 4 funcionarios y/o servidores públicos de la entidad.
Observaciones:
- Se evidenció que funcionarios (presidente y vicepresidente de Investigación de la comisión organizadora de la universidad) percibían simultáneamente pensión de jubilación, así como honorarios por servicios y por contrato administrativo, sin que corresponda, ocasionando un perjuicio económico a la entidad de S/ 399,566.67.
La situación descrita permitió la cancelación de los honorarios por servicios y por contrato administrativo de servicios durante 14 meses por el importante total de S/ 224,266.67 y la cancelación de los honorarios por servicios durante 11 meses por el importe total de S/ 175,300.00, respectivamente; transgrediendo lo establecido en los artículos 3° y 9° de la Ley N°28175 Marco del Empleo Público, que regula la prohibición de doble percepción de ingresos.
- En el año 2016, se evidenció que recibieron con retraso una cámara climática, test de estabilidad y crecimiento de plantas y accesorios del equipo para la implementación del proyecto "Desarrollo del programa de investigación en agronomía de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas", omitiéndose la aplicación de la penalidad por mora al contratista, transgrediendo los artículos 132° y 133° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y ocasionado un perjuicio económico a la entidad de S/15,000.00.
Principales recomendaciones:
El informe recomienda disponer que la entidad, a través de la presidencia de la comisión organizadora, adopte las acciones pertinentes para que sus miembros, funcionarios y servidores presenten una declaración jurada señalando la no doble percepción de ingresos del Estado, debiendo regular asimismo la presentación de la misma al inicio del vínculo laboral con la entidad, debiendo realizar controles posteriores a la información alcanzada.
Asimismo, disponer que la entidad, a través de la Dirección General de Administración, disponga mecanismos de control en la adquisición de bienes que permitan el cumplimiento de las características requeridas, del plazo ofertado, así como el cobro de la penalidad en caso de incumplimiento, conforme a las disposiciones en materia de contrataciones.
Finalmente, establecer que la entidad, a través de la Dirección General de Administración, adopte las acciones pertinentes para la aprobación del plan de capacitación en contrataciones del Estado para todo el personal del Órgano Encargado de las Contrataciones, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa de contrataciones.
El dato:
El informe fue remitido al Órgano Instructor competente y a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría para el inicio del procedimiento sancionador y las acciones legales respecto a los 4 funcionarios y/o servidores públicos señalados en el documento.
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Iquitos, 14 de setiembre de 2018
Gerencia de Comunicación Corporativa