N° 010-2017-CG: Restringen a la Contraloría General de emitir opinión previa sobre “Obras por Impuestos” a cargo del Gobierno Nacional
Nota de prensaEl 30 de noviembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1250, que modificó diversos artículos de las leyes vigentes en materia de “Obras por Impuestos”…

28 de enero de 2018 - 12:00 a. m.
El 30 de noviembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1250, que modificó diversos artículos de las leyes vigentes en materia de “Obras por Impuestos” (Ley N° 29230 y Ley N° 30264), siendo que uno de estos artículos modificatorios se encuentra referido a la participación de la Contraloría General de la República.
Al respecto, de la citada norma se advierte que la modificación del primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29230, realizada por el Decreto Legislativo N° 1250, limita las atribuciones de la Contraloría General establecidas en el literal l) del artículo 22° de la Ley N° 27785, al restringir la intervención de este Organismo Superior de Control únicamente respecto a las operaciones iniciadas por los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades, dejando fuera del alcance de la Contraloría a las entidades del Gobierno Nacional (Ministerios), no obstante que, para estas últimas, la tendencia es de seguir ampliando su alcance a más sectores, promoviendo su ejecución con cargo a diversas fuentes de financiamiento.
Es importante tener en cuenta que cualquier operación de “Obras por Impuestos”, al margen de qué entidad la promueve y con qué recursos o fuente de financiamiento se financia o dónde se registra la afectación presupuestaria y financiera, siempre implicará un compromiso de uso de recursos públicos a mediano o largo plazos; y por tanto sí podría comprometer el crédito o la capacidad financiera del Estado, lo cual se encuentra dentro de las competencias y atribuciones de la Contraloría General.
Cabe precisar que, desde la incorporación en el año 2015, de las entidades del Gobierno Nacional a este mecanismo de financiamiento y ejecución de proyectos de inversión pública denominado “Obras por Impuestos”, hasta la fecha, la Contraloría General a través de la emisión de sus informes previos, ha evaluado más de S/ 399 millones de soles, en mérito a la revisión de un total de (29) proyectos, presentados por el Ministerio de Educación (15), Ministerio del Interior (7), Ministerio de Salud (2), Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (2) y Ministerio de Agricultura (3).
En tal sentido, la exclusión planteada en el Decreto Legislativo N° 1250 constituye una contravención expresa a lo dispuesto en el literal f) del artículo 2° de la Ley N° 30506, que delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, específicamente en lo referido a establecer medidas para mejorar la calidad y agilidad de los proyectos ejecutados bajo la modalidad de Obras por Impuestos, donde se señala claramente que “(…) Dichas medidas no deberán restringir las competencias y atribuciones del Sistema Nacional de Control otorgadas por la Constitución Política del Perú y su ley orgánica”.
Teniendo en cuenta lo mencionado, el Contralor General de la República, ha remitido a la Presidenta del Congreso de la República el Oficio N° 00167-2017-CG/DC, del 24 de enero de 2017, mediante el cual sustenta la posición institucional respecto a la vulneración de las facultades legislativas otorgadas, recomendando la derogación del articulado correspondiente del Decreto Legislativo N° 1250.