Contraloría advierte inaplicación de penalidades en adquisición de productos para canastas básicas

Nota de prensa
Amazonas. - La Contraloría General advirtió perjuicio económico de S/ 20 004.60, debido a que la Municipalidad Distrital de Aramango recepcionó productos fuera de los plazos establecidos en el...

2 de febrero de 2021 - 8:05 a. m.

  • Ocasionan perjuicio económico de S/ 20 mil
  • Durante servicio de control en municipio distrital de Aramango

Amazonas. - La Contraloría General advirtió perjuicio económico de S/ 20 004.60, debido a que la Municipalidad Distrital de Aramango recepcionó productos fuera de los plazos establecidos en el contrato, sin aplicar penalidades, para 2598 canastas básicas familiares, y dio conformidad al cambio de un producto al margen de la normativa aplicable, durante la emergencia sanitaria por COVID-19.

En el Informe de Control Específico N° 9727-2020-CG/GRAM-SCE, que comprendió el periodo del 2 al 17 de abril de 2020, señala que la comuna aprobó la entrega de bienes para las canastas básicas, sin aplicar penalidades al contratista por el retraso de la segunda y tercera entrega de alimentos, para 2298 canastas, según los plazos establecidas en el contrato. Nueve personas tendrían presunta responsabilidad civil, penal y administrativa, respectivamente.

Según el artículo 162° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en caso de retraso injustificado del contratista, la entidad puede aplicar automáticamente una penalidad por mora máxima equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.

De acuerdo al importe del contrato, que asciende a S/ 200 046.00, el monto máximo que la Municipalidad Distrital de Aramango debió aplicar al contratista por penalidad es de S/ 20 004.60; importe que, al no ser cobrado por la comuna, se considera como perjuicio económico al estado.

Además, se constató que la entidad autorizó el cambio de filete de pescado por filete de caballa, para 98 canastas en la tercera entrega, sin verificar los estándares de calidad y valor nutricional del nuevo producto, por lo que la autorización se realizó al margen de la normativa aplicable.

La municipalidad simuló el ingreso total de los productos que comprendían la tercera entrega, suscribiendo actas de recepción, pese a que el filete de pescado no ingresó en su totalidad, beneficiando económicamente al contratista y vulnerando los principios que rigen la administración y contrataciones públicas.

Se recomendó al Procurador Público de la Contraloría iniciar las acciones legales contra los implicados y al titular de la entidad disponer el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Control Específico. El informe se encuentra publicado portal web www.contraloria.gob.pe, sección Transparencia e Informes de Control.


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Chachapoyas, 02 de febrero de 2021
Gerencia de Comunicación Corporativa

Nota de Prensa N° 092-2021-CG-GCOC