N° 1050-2020-CG-GCOC: Contraloría detecta perjuicio de S/ 871 mil en entrega de canastas de alimentos

Nota de prensa
Arequipa.- La Contraloría General identificó un perjuicio económico de S/ 871 620.72 en la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Arequipa, como consecuencia ...

23 de diciembre de 2020 - 8:25 a. m.

  • En la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo
  • Exfuncionarios y funcionarios de la entidad aprobaron y entregaron apoyo alimentario derivado de una negociación colectiva, inobservando las normas presupuestales.

Arequipa.- La Contraloría General identificó un perjuicio económico de S/ 871 620.72 en la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Arequipa, como consecuencia de la aprobación y entrega de canastas de alimentos a trabajadores sindicalizados y funcionarios de la entidad, inobservando las normas presupuestales.

Según el Informe de Servicio de Control Específico a Hechos con Presunta Irregularidad N° 057-2020-2-5334-SCE, que evaluó el período del 18 de marzo de 2018 al 31 de diciembre de 2019, cuatro exfuncionarios y/o funcionarios de la entidad tendrían presunta responsabilidad civil y/o administrativa.

A través de un acuerdo de negociación colectiva para el periodo 2019 – 2020, la Gerencia Regional de Trabajo aprobó, para el año 2019, la entrega de una canasta de alimentos por el valor de S/ 1 700.00 para cada trabajador sindicalizado. Sin embargo, este concepto no configura como mejora en las condiciones de trabajo, argumento utilizado para lograr este beneficio y más bien constituye un ingreso económico que contraviene la Ley de Presupuesto del Sector Público que prohíbe el reajuste, incremento o creación de bonificaciones y beneficios de toda índole.

El beneficio se entregó a los trabajadores sindicalizados a través de tarjetas electrónicas, durante el año 2019, ocasionando un perjuicio económico a la entidad de S/ 774 523.05.

Asimismo, en la entrega de canastas de alimentos se incluyó a servidores que ocupan cargos de dirección, transgrediendo el artículo 42 de la Constitución Política del Perú, respecto a que funcionarios de Estado con poder de decisión y aquellos que desempeñan cargos de confianza o de dirección, se encuentran excluidos del derecho de sindicalización y de los beneficios derivados de los convenios colectivos. Este pago indebido generó un perjuicio económico de S/ 97 097.67.

Los resultados del servicio de control específico fueron notificados al titular del Gobierno Regional de Arequipa, a quien se le recomendó disponer el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los funcionarios y servidores comprendidos en el informe.

También recomienda al Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa dar inicio a las acciones legales civiles contra los funcionarios y servidores públicos comprendidos en los hechos con evidencias de irregularidad del informe de control específico.

Dato:
  • El Informe de Servicio de Control Específico a Hechos con Presunta Irregularidad, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) del Gobierno Regional de Arequipa, se encuentra publicado en el portal institucional de la Contraloría (www.contraloria.gob.pe) Sección: Transparencia e Informes de Control, conforme a la Ley de Fortalecimiento de la Contraloría y del SNC, en aras de la transparencia y acceso a la información.


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Arequipa, 23 de diciembre de 2020
Gerencia de Comunicación Corporativa