Huánuco: Funcionarios ediles fraccionaron contratos de servicio de internet incumpliendo Ley de Contrataciones
Nota de prensaContraloría identificó cinco órdenes de servicios por un total de S/ 180 mil en el 2024 y este año emitieron tres contrataciones similares por S/ 99 mil

24 de marzo de 2025 - 11:45 a. m.
Huánuco. – La Contraloría General de la República identificó que funcionarios de la Municipalidad Provincial de Huánuco fraccionaron la contratación del servicio de internet que requerían diversas áreas de la comuna, con la finalidad de evitar realizar procedimientos de selección, desacatando de esta manera la prohibición estipulada por la Ley de Contrataciones del Estado para casos de servicios usuales que cumplen una misma finalidad pública.
Según la referida Ley, está prohibido fraccionar la contratación de un servicio similar y/o idéntico, con montos iguales o inferiores a ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT), evitando convocar procedimientos de selección. Lo identificado por la Contraloría afectó la legalidad, la libre concurrencia, competencia y transparencia que rigen las contrataciones públicas ya que no se trataba de un requerimiento para atender una necesidad imprevista sino una actividad que se realiza de forma anual.
En el Informe de Acción de Oficio Posterior n.° 006-2025-2-0401-AOP se señala que en el año 2024 la entidad edil contrató el servicio de internet empresarial por S/ 180 388 mediante un fraccionamiento realizado a través de cinco órdenes o contratos. Ello se concretó con cuatro empresas por montos menores a ocho UIT de S/ 24 mil, S/ 39 mil y hasta S/ 40 mil, para brindar un mismo servicio.
De la misma forma en lo que va del 2025, la municipalidad provincial generó tres órdenes de servicio por un total de S/ 99 588 para seguir contratando el mismo servicio, según lo alertado en el Informe de Orientación de Oficio n.° 010-2025-OCI/0401-SOO. Sin embargo, pese a que hubo una observación del área de Logística respecto a que las contrataciones solicitadas por el área de Informática no contaron con el sustento respectivo para el fraccionamiento.
El área usuaria y el órgano encargado de contrataciones de la municipalidad no velaron por una correcta planificación de los recursos, por el contrario, permitieron fraccionar la contratación evitando realizar procesos de selección.
La Contraloría recomendó a la entidad a adoptar acciones correctivas que correspondan para asegurar un correcto uso de los recursos. En aras de transparencia los informes están publicados en el Buscador de Informes de Servicios de Control.
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Según la referida Ley, está prohibido fraccionar la contratación de un servicio similar y/o idéntico, con montos iguales o inferiores a ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT), evitando convocar procedimientos de selección. Lo identificado por la Contraloría afectó la legalidad, la libre concurrencia, competencia y transparencia que rigen las contrataciones públicas ya que no se trataba de un requerimiento para atender una necesidad imprevista sino una actividad que se realiza de forma anual.
En el Informe de Acción de Oficio Posterior n.° 006-2025-2-0401-AOP se señala que en el año 2024 la entidad edil contrató el servicio de internet empresarial por S/ 180 388 mediante un fraccionamiento realizado a través de cinco órdenes o contratos. Ello se concretó con cuatro empresas por montos menores a ocho UIT de S/ 24 mil, S/ 39 mil y hasta S/ 40 mil, para brindar un mismo servicio.
De la misma forma en lo que va del 2025, la municipalidad provincial generó tres órdenes de servicio por un total de S/ 99 588 para seguir contratando el mismo servicio, según lo alertado en el Informe de Orientación de Oficio n.° 010-2025-OCI/0401-SOO. Sin embargo, pese a que hubo una observación del área de Logística respecto a que las contrataciones solicitadas por el área de Informática no contaron con el sustento respectivo para el fraccionamiento.
El área usuaria y el órgano encargado de contrataciones de la municipalidad no velaron por una correcta planificación de los recursos, por el contrario, permitieron fraccionar la contratación evitando realizar procesos de selección.
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Huánuco, 24 de marzo de 2025
Gerencia de Comunicación Corporativa
NOTA DE PRENSA N° 245-2025-CG/GCOC
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