Resolución de Contraloría N.° 010-2022-CG

18 de enero de 2022

Establecen que los órganos del Sistema Nacional de Control, en el ámbito de su competencia y de acuerdo al control que efectúen, definan la materia de control de sus servicios de control posterior, priorizando las actividades vinculadas a los procesos misionales que se desarrollen en cada entidad sujeta a control, los cuales deberán encontrarse definidos en sus documetnos de gestión, ley de creación u otros documentos internos.

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