Resolución de Administración N.° D000001-2026-MIDIS/PNPDS-UA
26 de enero de 2026
ARTICULO 1.- AUTORIZAR la apertura de la Caja Chica de la Sede Central de la Unidad Ejecutora 010: Programa Nacional de Entrega de la Pensión No Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza - CONTIGO, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por el fondo fijo de S/. 4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 soles).
ARTICULO 2.- AUTORIZAR la apertura de la Caja Chica de la Unidad Territorial La Libertad del Programa Nacional de Entrega de la Pensión No Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza - CONTIGO, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por el fondo fijo de S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 soles).
ARTICULO 3.- DESIGNAR a los responsables Titulares y Suplentes de la custodia y manejo de la Caja Chica de la Sede Central y Unidad Territorial de La Libertad del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, para el periodo 2025.
ARTICULO 4.- AUTORIZAR a la/el Coordinador/a de Tesorería de la Unidad de Administración, la entrega de fondos de la Caja Chica correspondiente a la Sede Central, y de la Unidad Territorial de La Libertad a la/el (los/las) servidor/a (es/as) civil (es) del Programa Nacional CONTIGO responsable por el monto establecido en el Artículo 3° de la presente Resolución.
ARTICULO 5.- DISPONER que los procedimientos de rendición de cuentas, reposición, liquidación y otros, se realicen en el marco de lo dispuesto en el Procedimiento de Gestión de los Fondos de la Caja Chica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO” aprobado mediante Resolución de Unidad de Administración N° D000003-2025-MIDIS/PNPDS-UA, de fecha 24 de enero del 2025.
ARTICULO 6.- PRECISAR que el monto o porcentaje del monto total al que debe descender las Cajas Chicas señaladas para solicitar reposiciones, no debe exceder del treinta por ciento (30%) del monto de la apertura, a fin de no afectar o interrumpir la normal atención de los requerimientos.
ARTICULO 7.- NOTIFICAR la presente Resolución a los responsables titulares y suplentes designados en el artículo 3°, de la administración de los fondos de las Cajas Chicas de la Sede Central y de la Unidad Territorial de La Libertad del Programa CONTIGO.
ARTÍCULO 8.- ENCARGAR que la Unidad de Comunicaciones e Imagen publique la presente resolución en la sede digital del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).
Regístrese y comuníquese y publíquese
ARTICULO 2.- AUTORIZAR la apertura de la Caja Chica de la Unidad Territorial La Libertad del Programa Nacional de Entrega de la Pensión No Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza - CONTIGO, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por el fondo fijo de S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 soles).
ARTICULO 3.- DESIGNAR a los responsables Titulares y Suplentes de la custodia y manejo de la Caja Chica de la Sede Central y Unidad Territorial de La Libertad del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, para el periodo 2025.
ARTICULO 4.- AUTORIZAR a la/el Coordinador/a de Tesorería de la Unidad de Administración, la entrega de fondos de la Caja Chica correspondiente a la Sede Central, y de la Unidad Territorial de La Libertad a la/el (los/las) servidor/a (es/as) civil (es) del Programa Nacional CONTIGO responsable por el monto establecido en el Artículo 3° de la presente Resolución.
ARTICULO 5.- DISPONER que los procedimientos de rendición de cuentas, reposición, liquidación y otros, se realicen en el marco de lo dispuesto en el Procedimiento de Gestión de los Fondos de la Caja Chica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO” aprobado mediante Resolución de Unidad de Administración N° D000003-2025-MIDIS/PNPDS-UA, de fecha 24 de enero del 2025.
ARTICULO 6.- PRECISAR que el monto o porcentaje del monto total al que debe descender las Cajas Chicas señaladas para solicitar reposiciones, no debe exceder del treinta por ciento (30%) del monto de la apertura, a fin de no afectar o interrumpir la normal atención de los requerimientos.
ARTICULO 7.- NOTIFICAR la presente Resolución a los responsables titulares y suplentes designados en el artículo 3°, de la administración de los fondos de las Cajas Chicas de la Sede Central y de la Unidad Territorial de La Libertad del Programa CONTIGO.
ARTÍCULO 8.- ENCARGAR que la Unidad de Comunicaciones e Imagen publique la presente resolución en la sede digital del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).
Regístrese y comuníquese y publíquese
