Resolución de Administración N.° D000028-2025-MIDIS/PNPDS-UA
29 de setiembre de 2025
Artículo 1.- APROBAR, la baja de los registros patrimoniales y contables del Programa Nacional de Entrega de la Pensión No Contributiva a Personas con Discapacidad en Situación de Pobreza - CONTIGO, por la causal de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE, de seis (06) bienes muebles patrimoniales, por el valor neto S/ 6.00 (seis con 00/100 soles), cuyas características técnicas se describen en el Anexo I, que forma parte de la Resolución.
Artículo 2.-AUTORIZAR, que el/la Coordinador/a de Contabilidad y el/la Coordinador/a de Abastecimiento, a través de Control Patrimonial, realicen las acciones vinculadas a la cancelación de la anotación en el registro contable y patrimonial de los bienes muebles a que se refiere el Artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- DISPONER, que el/la Coordinador/a de Contabilidad y el/la Coordinador/a de Abastecimiento, a través de Control Patrimonial, ejecuten las acciones que fueran necesarias para proceder con el acto de disposición final que corresponda a los bienes muebles dados de baja.
Artículo 4.- REMITIR la presente resolución a la Unidad de Comunicaciones e Imagen para publicación de la presente Resolución, y la Relación de los Bienes Muebles Patrimoniales contenidos en el Anexo I, en el portal institucional del Programa CONTIGO, dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobada la resolución de baja.
Artículo 5.- DISPONER que en el plazo de tres (03) días hábiles luego de realizada la publicación indicada en el Artículo precedente, el/la Coordinador/a de Abastecimiento remita a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, por medio físico o virtual, el pedido de publicación en el portal institucional del MEF, de la Resolución de baja y la relación de bienes contenidos en el Anexo I; indicando los datos de contacto del servidor civil responsable del procedimiento en la Entidad.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución a la Coordinación de Abastecimiento; a la Coordinación de Contabilidad y Finanzas de la Unidad de Administración; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 7.- Disponer que la Coordinación de Abastecimiento, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015- 2021-EF/54.01.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 2.-AUTORIZAR, que el/la Coordinador/a de Contabilidad y el/la Coordinador/a de Abastecimiento, a través de Control Patrimonial, realicen las acciones vinculadas a la cancelación de la anotación en el registro contable y patrimonial de los bienes muebles a que se refiere el Artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- DISPONER, que el/la Coordinador/a de Contabilidad y el/la Coordinador/a de Abastecimiento, a través de Control Patrimonial, ejecuten las acciones que fueran necesarias para proceder con el acto de disposición final que corresponda a los bienes muebles dados de baja.
Artículo 4.- REMITIR la presente resolución a la Unidad de Comunicaciones e Imagen para publicación de la presente Resolución, y la Relación de los Bienes Muebles Patrimoniales contenidos en el Anexo I, en el portal institucional del Programa CONTIGO, dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobada la resolución de baja.
Artículo 5.- DISPONER que en el plazo de tres (03) días hábiles luego de realizada la publicación indicada en el Artículo precedente, el/la Coordinador/a de Abastecimiento remita a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, por medio físico o virtual, el pedido de publicación en el portal institucional del MEF, de la Resolución de baja y la relación de bienes contenidos en el Anexo I; indicando los datos de contacto del servidor civil responsable del procedimiento en la Entidad.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución a la Coordinación de Abastecimiento; a la Coordinación de Contabilidad y Finanzas de la Unidad de Administración; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 7.- Disponer que la Coordinación de Abastecimiento, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015- 2021-EF/54.01.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
