Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D040-2025-MIDIS/PNPDS-DE
4 de abril de 2025
Artículo 1.- Creación de Equipo de Trabajo
Crear el Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, de naturaleza temporal, dependiente de la Dirección Ejecutiva.
Artículo 2.- Objeto
El Equipo de Trabajo, creado según el artículo 1 de la presente resolución, constituye un espacio de coordinación, articulación de acciones y monitoreo de las dos líneas de gestión misional (Entrega de pensión y Acompañamiento), así como de las unidades orgánicas, bajo competencia del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, según su Manual de Operaciones.
Artículo 3.- Integrantes del Equipo de Trabajo
El Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, está integrado por:
a) El Director Ejecutivo o su representante, que actúa como Presidente.
b) Asesor de Dirección Ejecutiva.
c) El jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización que actúa como Secretario/a Técnico.
d) El jefe de la Unidad de Operaciones y Transferencias.
e) El jefe de la Unidad de Acompañamiento.
f) El jefe de la Unidad de Comunicación e Imagen.
g) El jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información.
h) El jefe de la Unidad de Administración.
i) La Coordinadora de Recursos Humanos.
j) El jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica.
El Equipo de Trabajo se instala dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la presente resolución.
En el supuesto extraordinario, que alguno de los integrantes no pueda concurrir, designará de manera eventual a un representante.
Artículo 4.- Duración
El Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO” es de carácter temporal, con vigencia hasta la finalización del Ejercicio Fiscal 2025, oportunidad en la cual, la Dirección Ejecutiva evaluará su periodo de renovación.
Artículo 5.- Criterios de Acción
En el plazo de siete (07) días hábiles, contados a partir de su instalación, el Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, aprueba mediante acta sus criterios de acción, en el cual se establece las pautas para su funcionamiento.
Artículo 6.- Coordinación
El Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO” para el mejor cumplimiento de sus funciones, puede llevar a cabo y/o convocar a reuniones de trabajo a representantes de las unidades de organización del Programa CONTIGO, así como a actores externos.
Artículo 7.- Financiamiento
El cumplimiento de las funciones del Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO” no demanda recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 8.- Notificación
Notificar la presente resolución a los miembros del Equipo de Trabajo creado según el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 9.- Publicación
Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).
Regístrese y comuníquese.
Crear el Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, de naturaleza temporal, dependiente de la Dirección Ejecutiva.
Artículo 2.- Objeto
El Equipo de Trabajo, creado según el artículo 1 de la presente resolución, constituye un espacio de coordinación, articulación de acciones y monitoreo de las dos líneas de gestión misional (Entrega de pensión y Acompañamiento), así como de las unidades orgánicas, bajo competencia del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, según su Manual de Operaciones.
Artículo 3.- Integrantes del Equipo de Trabajo
El Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, está integrado por:
a) El Director Ejecutivo o su representante, que actúa como Presidente.
b) Asesor de Dirección Ejecutiva.
c) El jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización que actúa como Secretario/a Técnico.
d) El jefe de la Unidad de Operaciones y Transferencias.
e) El jefe de la Unidad de Acompañamiento.
f) El jefe de la Unidad de Comunicación e Imagen.
g) El jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información.
h) El jefe de la Unidad de Administración.
i) La Coordinadora de Recursos Humanos.
j) El jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica.
El Equipo de Trabajo se instala dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la presente resolución.
En el supuesto extraordinario, que alguno de los integrantes no pueda concurrir, designará de manera eventual a un representante.
Artículo 4.- Duración
El Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO” es de carácter temporal, con vigencia hasta la finalización del Ejercicio Fiscal 2025, oportunidad en la cual, la Dirección Ejecutiva evaluará su periodo de renovación.
Artículo 5.- Criterios de Acción
En el plazo de siete (07) días hábiles, contados a partir de su instalación, el Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, aprueba mediante acta sus criterios de acción, en el cual se establece las pautas para su funcionamiento.
Artículo 6.- Coordinación
El Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO” para el mejor cumplimiento de sus funciones, puede llevar a cabo y/o convocar a reuniones de trabajo a representantes de las unidades de organización del Programa CONTIGO, así como a actores externos.
Artículo 7.- Financiamiento
El cumplimiento de las funciones del Equipo de Trabajo denominado “Comité de Gestión del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO” no demanda recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 8.- Notificación
Notificar la presente resolución a los miembros del Equipo de Trabajo creado según el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 9.- Publicación
Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).
Regístrese y comuníquese.