Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D147-2024-MIDIS/PNPDS-DE
8 de noviembre de 2024
Artículo 1.- Monitoreo de la implementación de las recomendaciones de control posterior
Designar en el rol de responsable del monitoreo del proceso de implementación de las recomendaciones de control posterior al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO.
Artículo 2.- Disposición complementaria
Disponer que, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, el responsable designado mediante la presente resolución presente un reporte actualizado de las recomendaciones contenidas en los informes de control posterior, así como remitir el estado de su implementación y las que se encuentren en proceso.
Artículo 3.- Notificación
Encargar a la Coordinadora de Recursos Humanos, notificar la presente resolución a la servidora designada en el artículo 1 de la presente resolución y a las unidades de organización del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO.
Artículo 4.- Publicación
Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO. (www.gob.pe/contigo).
Designar en el rol de responsable del monitoreo del proceso de implementación de las recomendaciones de control posterior al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO.
Artículo 2.- Disposición complementaria
Disponer que, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, el responsable designado mediante la presente resolución presente un reporte actualizado de las recomendaciones contenidas en los informes de control posterior, así como remitir el estado de su implementación y las que se encuentren en proceso.
Artículo 3.- Notificación
Encargar a la Coordinadora de Recursos Humanos, notificar la presente resolución a la servidora designada en el artículo 1 de la presente resolución y a las unidades de organización del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO.
Artículo 4.- Publicación
Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO. (www.gob.pe/contigo).