Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D143-2024-MIDIS/PNPDS-DE
30 de octubre de 2024
Artículo 1.- Monitoreo de la implementación de las recomendaciones de control posterior
Designar en el rol de responsable del monitoreo del proceso de implementación de las recomendaciones de control posterior al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO.
Artículo 2.- Disposiciones complementarias
2.1. Disponer que, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles, se informe a la responsable, designada mediante la presente resolución, el reporte actualizado de las recomendaciones contenidas en los Informes de Control Posterior, así como remitir el estado de su implementación y de las recomendaciones que se encuentren en proceso de implementación.
2.2. Las Unidades de organización y/o responsables de implementar las recomendaciones contenidas en los Informes de Control Posterior, deben remitir a la responsable del monitoreo los
informes de avances de manera bimestral o cuando se lo solicite.
Artículo 3.- Notificación
Notificar la presente resolución a la persona designada en el artículo 1 de la presente resolución y a las unidades de organización del Programa CONTIGO.
Artículo 3.- Publicación
Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO. (www.gob.pe/contigo).
Regístrese, comuníquese y notifíquese.
Designar en el rol de responsable del monitoreo del proceso de implementación de las recomendaciones de control posterior al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO.
Artículo 2.- Disposiciones complementarias
2.1. Disponer que, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles, se informe a la responsable, designada mediante la presente resolución, el reporte actualizado de las recomendaciones contenidas en los Informes de Control Posterior, así como remitir el estado de su implementación y de las recomendaciones que se encuentren en proceso de implementación.
2.2. Las Unidades de organización y/o responsables de implementar las recomendaciones contenidas en los Informes de Control Posterior, deben remitir a la responsable del monitoreo los
informes de avances de manera bimestral o cuando se lo solicite.
Artículo 3.- Notificación
Notificar la presente resolución a la persona designada en el artículo 1 de la presente resolución y a las unidades de organización del Programa CONTIGO.
Artículo 3.- Publicación
Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO. (www.gob.pe/contigo).
Regístrese, comuníquese y notifíquese.