Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D040-2023-MIDIS/PNPDS-DE
21 de agosto de 2023
ARTÍCULO 1.- APROBAR ciento treinta y seis (136) solicitudes de autorización para el cobro de la pensión no contributiva de usuarios/as menores de edad y mayores de edad que no expresan su voluntad o que pudiendo manifestar su voluntad, su condición de discapacidad o la inaccesibilidad geográfica imposibilita su traslado a un punto de pago; consignados en el Anexo elaborado por la Unidad de Operaciones y Transferencias, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la Unidad de Operaciones y Transferencias del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, gestione en el marco de sus atribuciones, la apertura de cuentas en el Banco de la Nación para el depósito de la pensión no contributiva a nombre de las personas cuyas solicitudes de autorización han sido aprobadas en el artículo 1 de la presente resolución.
ARTÍCULO 3.- REMITIR la presente resolución a las Unidades Orgánicas del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO para su conocimiento y cumplimiento conforme a sus atribuciones.
ARTÍCULO 4.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicación e Imagen publique la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).
ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la Unidad de Operaciones y Transferencias del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, gestione en el marco de sus atribuciones, la apertura de cuentas en el Banco de la Nación para el depósito de la pensión no contributiva a nombre de las personas cuyas solicitudes de autorización han sido aprobadas en el artículo 1 de la presente resolución.
ARTÍCULO 3.- REMITIR la presente resolución a las Unidades Orgánicas del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO para su conocimiento y cumplimiento conforme a sus atribuciones.
ARTÍCULO 4.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicación e Imagen publique la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).