Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D018-2024-MIDIS/PNPDS-DE

1 de febrero de 2024

Artículo 1.- Crear la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, dependiente jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva.

Artículo 2.- La Unidad Funcional de Integridad Institucional tiene las siguientes funciones:
a) Apoyar en la identificación y gestión de riesgos de corrupción.
b) Proponer las acciones de integridad y lucha contra la corrupción, así como supervisar su cumplimiento.
c) Proponer la incorporación de objetivos y acciones de integridad en los planes estratégico.
d) Implementar, conducir y dirigir la estrategia institucional de integridad y lucha contra la corrupción, así como supervisar su cumplimiento.
e) Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente de transparencia, gestión de intereses y conflicto de intereses.
f) Coordinar la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación del sistema de control interno.
g) Coordinar e implementar el desarrollo de actividades de capacitación en materia de ética pública, transparencia y acceso a la información pública, gestión de intereses, conflicto de intereses y otras materias relacionadas con la integridad, lucha contra la corrupción y probidad en el ejercicio de la función pública.
h) Recibir, evaluar, derivar, realizar el seguimiento y sistematización de denuncias sobre actos de corrupción, asegurando la reserva de la información cuando corresponda y de acuerdo a la normativa vigente.
i) Otorgar las medidas de protección al denunciante o testigos cuando corresponda.
j) Orientar y asesorar a los funcionarios y servidores sobre dudas, dilemas éticos, situaciones de conflicto de interés, así como sobre los canales de denuncias y medidas de protección existentes en la entidad y otros aspectos de políticas de integridad.
k) Monitorear la implementación del modelo de integridad institucional.
l) Otras derivadas de las normas de la materia

Artículo 3.- Remitir la presente resolución a las Unidades Orgánicas del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, para su conocimiento y cumplimiento.

Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Comunicación e Imagen, publique la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar; en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).
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