Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D072-2023-MIDIS/PNPDS-DE
15 de noviembre de 2023
ARTÍCULO 1.- CONFORMAR el Comité Evaluador de Documentos (CED) del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza -CONTIGO, el cual estará conformado por los siguientes miembros titulares y su representantes:
- El/la Director/a Ejecutivo/a o su representante, quien lo/la presidirá.
- El/la Jefe/a de la Unidad de Administración, en su rol de Órgano de Administración de Archivos, o su representante, quien asume a la Secretaría Técnica.
- El/la Jefe/a de la Unidad de Asesoría Jurídica o su representante.
- El/la Jefe/a de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o su representante.
- El/la Jefe/a de la Unidad de Tecnologías de la Información o su representante.
- El titular de la Unidad de Organización y/o Archivo de Gestión responsable de los documentos a evaluar.
ARTÍCULO 2.- DISPONER que los/las titulares responsables de las Unidades que integran el Comité Evaluador de Documentos del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, designen a sus representantes, en calidad de miembros suplentes mediante comunicación escrita a la Secretaria Técnica en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de instalado el presente Comité.
ARTÍCULO 3.- El Comité Evaluador de Documentos cumplirá sus funciones con arreglo a la normativa aplicable emitida por el Archivo General de la Nación, así como tendrá a su cargo las funciones establecidas en la Directiva N° 001-2023-AGN/DDPA “Norma de Administración de Archivos en las Entidades Públicas”, aprobada con Resolución Jefatural N° 000107-2023-AGN/J.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que las Unidades Orgánicas del Programa brinden la cooperación que les sea solicitada y otorguen el apoyo necesario que requiera el Comité Evaluador de Documentos para el adecuado cumplimiento de sus funciones, en el marco de la normativa vigente.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que la Unidad de Administración remita el presente acto resolutivo al Archivo General de la Nación.
ARTÍCULO 6.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicación e Imagen publique la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).
- El/la Director/a Ejecutivo/a o su representante, quien lo/la presidirá.
- El/la Jefe/a de la Unidad de Administración, en su rol de Órgano de Administración de Archivos, o su representante, quien asume a la Secretaría Técnica.
- El/la Jefe/a de la Unidad de Asesoría Jurídica o su representante.
- El/la Jefe/a de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o su representante.
- El/la Jefe/a de la Unidad de Tecnologías de la Información o su representante.
- El titular de la Unidad de Organización y/o Archivo de Gestión responsable de los documentos a evaluar.
ARTÍCULO 2.- DISPONER que los/las titulares responsables de las Unidades que integran el Comité Evaluador de Documentos del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, designen a sus representantes, en calidad de miembros suplentes mediante comunicación escrita a la Secretaria Técnica en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de instalado el presente Comité.
ARTÍCULO 3.- El Comité Evaluador de Documentos cumplirá sus funciones con arreglo a la normativa aplicable emitida por el Archivo General de la Nación, así como tendrá a su cargo las funciones establecidas en la Directiva N° 001-2023-AGN/DDPA “Norma de Administración de Archivos en las Entidades Públicas”, aprobada con Resolución Jefatural N° 000107-2023-AGN/J.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que las Unidades Orgánicas del Programa brinden la cooperación que les sea solicitada y otorguen el apoyo necesario que requiera el Comité Evaluador de Documentos para el adecuado cumplimiento de sus funciones, en el marco de la normativa vigente.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que la Unidad de Administración remita el presente acto resolutivo al Archivo General de la Nación.
ARTÍCULO 6.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicación e Imagen publique la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo).