Ley N.° 26497

Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

28 de junio de 1995

Créase el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo al mandato de los Artículos 177 y 183 de la Constitución Política del Perú.

El registro es un organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera.

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