COMUNICADO: La Ley 30948 de Promoción del Investigador Científico y su propuesta de reglamento
Comunicado
13 de julio de 2020 - 10:00 a. m.
En relación con el pronunciamiento de un grupo de investigadores sanmarquinos aparecido ayer domingo 12 de julio a página entera en el diario La República, que cuestiona la ley 30948 y la propuesta de su reglamento, el CONCYTEC comunica lo siguiente:
● La referida ley fue promulgada el 25 de mayo del 2019 y tiene por objeto desarrollar la investigación de excelencia en el país, atrayendo, promoviendo, reteniendo y financiando a las y los mejores investigadores.
● La Ley crea un régimen especial para los investigadores con más alta productividad, que además del bono al investigador ya establecido, les permitirá contar con un suplemento salarial y competir por fondos de investigación especiales.
● Inicialmente se integrarán a este régimen, de forma gradual y voluntaria, quienes formen parte del grupo Carlos Monge del Registro Nacional de Investigadores (Renacyt) recientemente creado. Están incluidos en este grupo una tercera parte (1633) de todos los investigadores registrados a nivel nacional (5013); las otras dos terceras partes (3380) se encuentran en el grupo María Rostworowski. Ver el portal GeoRenacyt (https://portal.concytec.gob.pe/georenacyt/).
● El Renacyt es más completo que el anterior registro (Regina), que solo contaba con 2000 investigadores. Tampoco incluía a los dedicados a las ciencias humanas y sociales, que hoy representan el 12% del total, y un poco más del 11% de los incluidos en el grupo Carlos Monge.
● Dado los recursos limitados con que cuenta el país, la ley ha optado por establecer incentivos adicionales a la investigación científica para quienes cuentan con producción científica en bases de datos de referencia internacional, tomando en cuenta no solo sus calificaciones académicas y trayectoria profesional, sino principalmente su productividad.
● Hace nueve meses que el CONCYTEC viene compartiendo con la comunidad científica nacional la propuesta de reglamento de la ley. Ha enviado la propuesta a todos los vicerrectores de investigación de las universidades peruanas para su consulta interna y ha realizado grupos focales con investigadores y autoridades universitarias. Recientemente la prepublicó en su Portal Institucional. Esto le ha permitido recoger comentarios, aportes y sugerencias que han enriquecido la propuesta de reglamento, siempre respetando los alcances de la ley 30948.
● La implementación de la ley y su reglamento permitirán que el Perú cuente por primera vez con un cuerpo de investigadores e investigadoras, una de las medidas de política más importantes del Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030. Dicho Plan se encuentra alineado a la Política Nacional de Competitividad y Productividad, y a la Política General de Gobierno al 2021, y fue aprobado por Consejo Directivo del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización, que cuenta con la participación de los sectores público y privado, los sindicatos y la academia.
● Además de la propuesta de reglamento, el CONCYTEC ha preparado y compartido una guía que tiene dos propósitos. Primero, conocer y sistematizar la oferta científica y diseñar un mapa de la investigación en el Perú. Segundo, orientar la conformación de grupos, centros, institutos y redes de investigación y alentar mecanismos asociativos que fortalezcan y multipliquen la producción científica y tecnológica. El uso de esta guía pedagógica es voluntario.
Lima, 13 de julio del 2020