Lurín: personas con discapacidad podrán acceder a descuentos tributarios para el pago de arbitrios municipales

Nota de prensa
El Conadis saluda iniciativa de la Municipalidad Distrital de Lurín en beneficio de este sector de la población
Imagen de la buena noticia sobre el saludo del Conadis saluda iniciativa de la Municipalidad Distrital de Lurín en beneficio de este sector de la población.

16 de mayo de 2023 - 3:59 p. m.

La Municipalidad Distrital de Lurín otorgará beneficios tributarios a las personas con discapacidad de su jurisdicción para el pago de arbitrios durante el presente año fiscal. Así lo señala Ordenanza Municipal Nº 470-2023/MDL, publicada ayer, 15 de mayo de 2023, en el Diario Oficial El Peruano. 
 
De acuerdo con la ordenanza, que tiene como finalidad establecer criterios y parámetros para beneficiar a núcleos familiares que, por lo menos, tengan como integrante a una persona con discapacidad, precisa el 50% de descuento del monto de los arbitrios municipales pendientes de pago.
 
“Solo podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza, los que cumplan los requisitos y no mantengan deudas sobre la tasa de arbitrios municipales. El beneficio tributario establecido en la presente ordenanza, no implica la devolución del pago realizado con anterioridad a su vigencia”, se lee en la norma, en la que, además, se precisa que dicho beneficio quedará sin efecto en caso el familiar con discapacidad fallezca. 
 
¿Cómo acceder al descuento tributario?
Los potenciales beneficiarios de la presente ordenanza deben gestionar su pedido, a título personal o por intermedio de una tercera persona, dirigiéndose a la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente de la municipalidad, presentando la siguiente documentación: 
 
1.       Solicitud de acogimiento al beneficio. 
2.       Copia del Certificado de Discapacidad del integrante del núcleo familiar. 
3.       Copia de la partida de nacimiento que acredite la relación familiar o parentesco. 
4.       En caso de representación, carta poder simple o designación de persona cierta en el escrito, acreditando representación con firma del administrado.
5.       Exhibir Documento Nacional de Identidad de la persona que realiza el trámite y del familiar con discapacidad (titular, representante o apoderado).
 
Finalmente, el Conadis saluda el impulso de iniciativas de esta naturaleza, en beneficio de las personas con discapacidad, de cara a la construcción de un país inclusivo, con igualdad de oportunidades para todas y todos.
 
Martes, 16 de mayo de 2023