Fiscalización Inopinada a la Municipalidad Provincial de Cajamarca
Nota Informativa12 de julio de 2019 - 4:33 p. m.
Los representantes de la Sub Dirección de Fiscalización del Conadis, realizaron una visita inopinada en materia de accesibilidad a la Municipalidad Provincial de Cajamarca, con el objetivo de asegurar el acceso libre y seguro de las personas con discapacidad, logrando identificar barreras arquitectónicas que impiden su libre tránsito, además de brindar asistencia técnica y soluciones.
La verificación se realizó en cumplimiento del artículo 16 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y la Norma Técnica A.120 “Accesibilidad Universal en Edificaciones” del Reglamento Nacional de Edificaciones.
En ese contexto, se ha constatado que la Municipalidad Provincial de Cajamarca, no cumple con lo establecido en la Norma Técnica A.120, siendo algunos de los puntos observados los siguientes:
- Se verifica que el ingreso de los trabajadores se realiza por una rampa, que sólo presenta baranda de un solo lado.
- Las gradas que llevan al patio, no presenta barandas de apoyo.
- El módulo de caja no presenta señalética de atención preferencial y este no cumple con la altura requerida.
- La sala de espera, no cumple con las características mínimas de presentar al menos una silla con brazos fijos y el espacio reservado para sillas de ruedas.
- La apertura de la puerta de las cabinas de baños accesibles, interfieren con el radio de giro de la silla de rueda, además, los inodoros no cumplen con la altura porque no contemplan barras de apoyo en las cabinas, así como los espejos no presentan los grados de inclinación.
- Por último, no presenta espacio de estacionamiento accesible, de acuerdo a su dotación de servicio.
La sub Dirección de fiscalización, otorgó a la Municipalidad Provincial de Cajamarca el plazo máximo de 30 días hábiles para que presenten el Plan de levantamiento de observaciones, respecto al mejoramiento de la accesibilidad en la edificación, bajo apercibimiento de recomendar el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador, por el incumplimiento de las Normas de Accesibilidad y contravenir lo dispuesto en el Artículo 81, numeral 81.4 literal a) de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, clasificado como una infracción MUY GRAVE.