Inician entrega de carnés para personas con discapacidad severa

Nota Informativa

4 de diciembre de 2016 - 12:00 a. m.

CONADIS hizo entrega simbólica de los carnets diferenciados de inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad que les servirá también para ejercer su derecho al pase libre en el transporte público terrestre urbano e interurbano, dispuesto por la Ley 30412, modificatoria del Art. 20 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

Con dicha actividad, se dio inicio a la entrega de los carnets para las personas con discapacidad severa, que se inscribieron en el Registro del CONADIS partir de la promulgación de la Ley N°  30412, Ley que modifica el artículo 20 de la Ley 29973, sobre el pase libre en el servicio de transporte público urbano e interurbano para las personas con discapacidad severa.

Cabe mencionar, que el proceso de Reglamentación de dicha Ley, se encuentra en su fase final de aprobación para el cumplimiento correspondiente.

De otro lado, la certificación de la discapacidad y entrega del Certificado de Discapacidad corresponden al Ministerio de Salud, EsSalud y hospitales de las Fuerzas Armadas y Policiales, quienes deben determinar el grado de la discapacidad, leve, moderada y severa.

Asimismo, luego de la implementación del Decreto Legislativo N° 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, publicado en el diario El Peruano, el 10 de noviembre, señala la modificación del artículo 76 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y debe considerarse los términos siguientes:

El certificado de discapacidad acredita la condición de persona con discapacidad y es otorgado por médicos certificadores registrados de establecimientos de salud pública y privada a nivel nacional.

La evaluación, calificación y la certificación son gratuitas.

La certificación es inmediata cuando la discapacidad sea evidente o congénita.

Las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) están a cargo del Ministerio de Salud y deberán atender la demanda de certificación de personas con discapacidad que no puedan acudir a los establecimientos de salud a nivel nacional.