Promulgan Reglamento de la Ley que otorga beneficios tributarios a empresas que apoyen al deporte

Nota Informativa

25 de julio de 2017 - 12:00 a. m.

El Ejecutivo publicó el Reglamento de La Ley Nº 30479, Ley de Mecenazgo Deportivo que otorga incentivos tributarios a las personas naturales o jurídicas de derecho privado que realicen donaciones o aportes en bienes, servicios o dinero a los beneficiarios deportivos para financiar las actividades relacionadas con el deporte.

Esta ley promueve a que las empresas privadas puedan patrocinar a deportistas y entrenadores de las diferentes federaciones nacionales, con inscripción vigente, a atletas representativos de olimpiadas especiales de la asociación Olimpiada Especiales Perú y deportistas con discapacidad reconocidos inscritos en el CONADIS, el Registro Nacional del Deporte -RENADE y el Sistema Integral Deportiva Nacional-SISDENA.

Las actividades deportivas a financiar son:

a) La infraestructura deportiva relacionada con la construcción o mejora de espacios destinados al deporte que comprende las actividades correspondientes a la construcción, ampliación, remodelación y conservación de inmuebles o edificaciones destinados a la práctica del deporte, tales como, losas deportivas, complejos deportivos, piscinas, gimnasios, entre otros.

El equipamiento de espacios destinados al deporte incluye el material, equipos e implementos deportivos.

b) Los programas de gestión deportiva que involucren el planeamiento, organización, dirección, ejecución y control de aquello que se relacione con el desarrollo del deporte y que resulte acorde con la política del deporte en general y el Plan Nacional del Deporte.

c) La contratación y pago de subvención a deportistas y entrenadores, así como el pago de primas por seguros particulares: apoyo económico en el marco del desarrollo del plan de entrenamiento destinado a dar cobertura de alimentación, complementación alimenticia, vestido, desplazamiento, alojamiento, salud, mejora del rendimiento y/o pago de primas por seguros de vida y/o salud de los deportistas y entrenadores.

d) La investigación en deporte y medicina deportiva: Estudios de campos referidos a biométrica, antropometría, cineantropometría, estadística de marcas y resultados deportivos, biótico, antidopaje, nutrición, psicología, fisiología, gestión deportiva, desarrollo del deporte de alta competencia, normatividad deportiva y, otros que aporten al progreso del deporte nacional.

e) La subvención de viajes, viáticos por alimentación y hospedaje y desplazamientos de delegaciones o representantes oficiales.

Leer Reglamento completo: AQUÍ