Distintivo vehicular: MIMP precisa que corresponde a la persona con discapacidad, no al automóvil

Nota de prensa
El carné emitido por el Conadis otorga acceso exclusivo a estacionamientos reservados para personas con discapacidad y está sujeto a fiscalización por parte de autoridades municipales y de la PNP.
Distintivo vehicular: MIMP precisa que corresponde a la persona con discapacidad, no al automóvil
Distintivo vehicular: MIMP precisa que corresponde a la persona con discapacidad, no al automóvil
Distintivo vehicular: MIMP precisa que corresponde a la persona con discapacidad, no al automóvil

9 de setiembre de 2025 - 6:11 p. m.

El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), entidad adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), recordó que el distintivo vehicular es un documento personal, que permite a las personas con discapacidad, sean conductoras u ocupantes, acceder a los estacionamientos reservados en espacios públicos y privados.

Este beneficio, contemplado en la Ley Nº 28084, busca garantizar condiciones de accesibilidad y el respeto a los derechos de las personas con discapacidad.

Hasta la fecha, el ente rector en materia de discapacidad ha entregado alrededor de 12 123 distintivos a nivel nacional.

¿Cómo solicitarlo?

El trámite es gratuito y puede realizarse de forma virtual a través de la plataforma “Mi Registro en todo el Perú”: https://sirnpdpide.conadisperu.gob.pe/

teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.
  • Completar el formulario virtual con carácter de declaración jurada.
  • Adjuntar carta poder simple en formato digital, en caso de que el trámite sea gestionado por un representante.
  • De manera opcional, incluir una fotografía reciente a color, de frente y con fondo blanco.

Asimismo, el distintivo puede solicitarse de manera presencial en la sede central del Conadis (Av. Arequipa 375, Santa Beatriz – Lima), en sus sedes regionales, así como en las Oredis y Omapeds a nivel nacional.

Sanciones y fiscalización

La Ley Nº 28084 establece que estacionarse en zonas reservadas para personas con discapacidad constituye una infracción equivalente al 5 % de una UIT (S/ 267.50).

La Policía Nacional del Perú es responsable de fiscalizar y sancionar en los estacionamientos públicos, mientras que las municipalidades cumplen esta función en los estacionamientos privados.

De forma complementaria, el MIMP, a través del Conadis, realiza verificaciones periódicas en centros comerciales, mercados, hospitales y otros espacios de gran afluencia, con el fin de supervisar el respeto a los estacionamientos reservados y el uso adecuado del distintivo vehicular.