Empresas de transporte no pueden negar el servicio a usuarios con discapacidad: ¿Cómo denunciar esta infracción?
Nota de prensaConadis exhorta a los operadores de transporte a garantizar un servicio idóneo para la población con discapacidad.

Fotos: Ministerio de Transportes y Comunicaciones
11 de diciembre de 2024 - 11:46 a. m.
Las empresas de transporte urbano e interurbano, como buses y combis, no pueden negarse a brindar el servicio a usuarios por su condición de discapacidad, así lo informó el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis). La institución precisó que esta infracción es considerada como grave y puede ser sancionada con hasta 9 UIT, equivalente a S/ 46 350.
Si le negaron el servicio por su discapacidad o fue testigo de la infracción, puede denunciar el hecho ante el Conadis. Si opta por presentar su denuncia de manera presencial, debe recurrir a la Red Alivia Perú, la plataforma de servicios múltiples del Conadis que brinda orientación, asistencia, acompañamiento y monitoreo para el acceso a los servicios públicos básicos en los ejes de educación, salud, empleo, protección social y acceso a la justicia.
Esta plataforma se encuentra ubicada en la sede central del Conadis (Av. Arequipa 375, Cercado de Lima). Una vez en el lugar y tomando en cuenta que cada denuncia tiene un análisis especializado, el usuario será orientado por un especialista legal, quien le indicará el procedimiento a seguir con la respectiva descripción del hecho y presentación de evidencias (fotografías o vídeos).
Cabe precisar que la Red Alivia Perú también cuenta con la línea gratuita 1866. La atención telefónica es de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
De manera virtual
En este caso, el Conadis habilitó su mesa de parte virtual. Para acceder a ella, la persona con discapacidad o su familiar deberá redactar un documento explicando el detalle de su denuncia. Una vez exportado en formato PDF, deberá subirlo a este enlace https://bit.ly/3hzOppu, llenar un breve formulario con sus datos personales y contacto, y adjuntar toda evidencia en fotografía y/o video que permita agilizar su tramitación, la cual estará a cargo de la Dirección de Fiscalización y Sanciones del Conadis.
Obligaciones
Es importante precisar que, de acuerdo con la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley 29973), toda empresa de transporte público urbano e interurbano también debe reservar asientos y espacios preferentes de fácil acceso, debidamente señalizados, para el uso de personas con discapacidad. Las municipalidades y la Policía Nacional del Perú están en el deber de fiscalizar el cumplimiento de esta obligación.