¡Atención! Entidades bancarias no deben exigir la presencia de un tercero para brindar atención a una persona con discapacidad

Nota de prensa
Conadis insta a respetar la capacidad jurídica de las personas con discapacidad para que, de manera autónoma y voluntaria, decidan cómo realizar sus operaciones.
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5 de setiembre de 2024 - 1:13 p. m.

El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) informó que las entidades bancarias y financieras no deben exigir la presencia de un tercero para atender a una persona con discapacidad; esta decisión debe ser tomada de manera voluntaria y autónoma por el usuario, sin ningún tipo de condicionamiento por parte del establecimiento.

El Conadis plasma esta y otras indicaciones en el Informe Técnico Vinculante “Ajustes razonables en bancos”. En el documento, el ente rector resalta la obligación de estos establecimientos de respetar la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, para que puedan decidir cómo realizar cada una de sus operaciones o transacciones.

Para tal fin, las entidades bancarias y financieras tienen la responsabilidad de adecuar sus procedimientos internos, documentos de gestión y/o plataformas, a fin de asegurar las condiciones de accesibilidad en los servicios que prestan.

“Las entidades bancarias y financieras deben otorgar ajustes razonables a las personas con discapacidad para la manifestación de su voluntad en todos sus canales de atención y así asegurar que accedan a sus productos y servicios. Estas entidades deben realizar actividades orientadas a su personal, respecto de la toma de conciencia, para garantizar el trato adecuado a las personas con discapacidad”, concluye el informe.

Medios alternativos
Las personas con discapacidad, como cualquier otra u otro usuario del sistema, desean conocer al detalle las operaciones o transacciones que realizan, de forma autónoma e independiente. Por ello, y en atención a lo que, además, rige la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley 29973), este sector de la población tiene la libertad de elegir y exigir a la entidad el formato o medio utilizable para su comunicación, los cuales pueden ser: lengua de señas, el sistema braille, macrotipos, entre otros.

Cabe precisar que, el Conadis pone a disposición de todas entidades públicas y privadas al equipo de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, para brindar el soporte y asistencia en la implementación del protocolo para el otorgamiento de ajustes razonables, acorde con el informe técnico vinculante en mención, a fin de garantizar servicios accesibles e inclusivos para las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones para todas y todos.

Para solicitar asistencia técnica, comuníquese al siguiente correo: contactodpsge@conadisperu.gob.pe