Resolución de Presidencia N.° D000020-2026-CONADIS-PRE
26 de enero de 2026
Artículo 1.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Puente Piedra contra la Resolución Directoral N° D000336-2025 CONADIS-DFS, confirmando todos los extremos de la misma, en consecuencia, DESESTIMAR el pedido de nulidad, por los argumentos expresados en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Puente Piedra y a su Procuraduría Pública, en sus domicilios consignados en el expediente PAS N° 144-2025-CONADIS.
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Puente Piedra y a su Procuraduría Pública, en sus domicilios consignados en el expediente PAS N° 144-2025-CONADIS.
