Resolución de Presidencia N.° D000277-2025-CONADIS-PRE
31 de diciembre de 2025
Artículo 1.- Desagregación de recursos Aprobar la desagregación de los recursos autorizados mediante el numeral 1.1) del artículo 1 del Decreto Supremo N° 334-2025-EF, por el monto S/ 460 836.00 (Cuatrocientos sesenta mil ochocientos treinta y seis y 00/100 soles) , con cargo a los recursos del Pliego 345: Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme el anexo que es parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Pliego 345 Consejo Nacional Para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, elabora las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Remisión Encargar a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remitir copia de la presente Resolución a los organismos señalados en el numeral 31.4) del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dentro de los cinco (5) días posteriores a su aprobación.
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Pliego 345 Consejo Nacional Para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, elabora las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Remisión Encargar a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remitir copia de la presente Resolución a los organismos señalados en el numeral 31.4) del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dentro de los cinco (5) días posteriores a su aprobación.

