Resolución de Administración N.° D000072-2025-CONADIS-OAD
29 de agosto de 2025
Artículo 1.- AUTORIZAR el otorgamiento de Fondo Bajo la Modalidad de “Encargo Interno” a fin de cubrir gastos de la adquisición de vestuario y calzado para los residentes con discapacidad del CAR ESPERANZA ubicado en el distrito de San Miguel de la provincia y departamento de Lima; CAR SAN FRANCISCO DE ASIS ubicado en el distrito de Cercado de Lima provincia y departamento de Lima; CAR MATILDE PEREZ PALACIOS ubicado en el distrito de San Miguel de la provincia y departamento de Lima; CAR MUNAY ubicado en el distrito Cercado de Lima de la provincia y departamento de Lima; CAR NIÑO JESÚS DE PRAGA ubicado en el distrito de Ancón provincia y departamento de Lima; CAR WIÑAY ubicado en el distrito de Cieneguilla provincia y departamento de Lima; CAR RENACER ubicado en el distrito de San Miguel de la provincia y departamento de Lima; CAR CASA ISABEL ubicado en el distrito de Socabaya provincia y departamento de Arequipa; CAR CAYMA ubicado en el distrito de Cayma provincia y departamento de Arequipa; CAR SAGRADA FAMILIA ubicado en distrito de Cerro Colorado provincia y departamento de Arequipa de la Dirección de Prevención y Protección Integral por la suma de S/ 530, 717.00 (Quinientos treinta mil setecientos diecisiete con 00/100 soles).
ARTÍCULO 2.- DESIGNAR como “responsable del Fondo de Encargo Interno” a los siguientes servidores y de acuerdo a la estructura de gasto siguiente:
Artículo 3.- DISPONER que el “Encargo Interno” encomendado a los servidores detallados en el artículo precedente sea rendido dentro del plazo de tres (03) días hábiles después de concluida la actividad que es materia del presente “Encargo Interno”, y está sujeto a lo establecido por las normas pertinentes de la Directiva de Tesorería para el presente año fiscal
Artículo 4.- PRECISAR, que todo gasto debe ser sustentado de conformidad con lo señalado en la Resolución de Superintendencia de Administración Tributaria Nº 007- 99/SUNAT - Reglamento de Comprobantes de Pago, y sus modificatorias/ complementarias, tales como Facturas, Boletas de Venta y otros como la Declaración Jurada en aplicación al artículo 71º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15. y modificatorias/ complementarias.
Artículo 5.- ENCARGAR, al/a la responsable que tiene a cargo la ejecución del Encargo Interno, a verificar si es que corresponde, que los proveedores se encuentren inscritos en el Registro Único de Contribuyentes - RUC presentando su condición de ACTIVO ante la SUNAT; en tal sentido, consultará la autenticidad de los datos consignados en los comprobantes de pago, en la página Web www.sunat.gob.pe, para lo cual utilizará los medios idóneos a su alcance, siendo responsable si por efecto de acciones de control se detecten a proveedores que no se encuentren autorizados a emitir los citados Comprobantes de Pago.
Artículo 6.- ENCARGAR, al/a la responsable designado/a que tiene a cargo la gestión del Encargo Interno, a ejecutar el sistema de retenciones y/o detracciones, de corresponder, en las operaciones de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, de acuerdo a la normativa vigente aplicable.
ARTÍCULO 7.- AUTORIZAR, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería gestione el trámite de devengado y girado del encargo de acuerdo a lo señalado en la presente resolución.
ARTÍCULO 8.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Dirección de Prevención y Protección Integral, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería para conocimiento y fines correspondientes.
ARTÍCULO 9.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (https://www.gob.pe/conadis)
ARTÍCULO 2.- DESIGNAR como “responsable del Fondo de Encargo Interno” a los siguientes servidores y de acuerdo a la estructura de gasto siguiente:
Artículo 3.- DISPONER que el “Encargo Interno” encomendado a los servidores detallados en el artículo precedente sea rendido dentro del plazo de tres (03) días hábiles después de concluida la actividad que es materia del presente “Encargo Interno”, y está sujeto a lo establecido por las normas pertinentes de la Directiva de Tesorería para el presente año fiscal
Artículo 4.- PRECISAR, que todo gasto debe ser sustentado de conformidad con lo señalado en la Resolución de Superintendencia de Administración Tributaria Nº 007- 99/SUNAT - Reglamento de Comprobantes de Pago, y sus modificatorias/ complementarias, tales como Facturas, Boletas de Venta y otros como la Declaración Jurada en aplicación al artículo 71º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15. y modificatorias/ complementarias.
Artículo 5.- ENCARGAR, al/a la responsable que tiene a cargo la ejecución del Encargo Interno, a verificar si es que corresponde, que los proveedores se encuentren inscritos en el Registro Único de Contribuyentes - RUC presentando su condición de ACTIVO ante la SUNAT; en tal sentido, consultará la autenticidad de los datos consignados en los comprobantes de pago, en la página Web www.sunat.gob.pe, para lo cual utilizará los medios idóneos a su alcance, siendo responsable si por efecto de acciones de control se detecten a proveedores que no se encuentren autorizados a emitir los citados Comprobantes de Pago.
Artículo 6.- ENCARGAR, al/a la responsable designado/a que tiene a cargo la gestión del Encargo Interno, a ejecutar el sistema de retenciones y/o detracciones, de corresponder, en las operaciones de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, de acuerdo a la normativa vigente aplicable.
ARTÍCULO 7.- AUTORIZAR, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería gestione el trámite de devengado y girado del encargo de acuerdo a lo señalado en la presente resolución.
ARTÍCULO 8.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Dirección de Prevención y Protección Integral, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería para conocimiento y fines correspondientes.
ARTÍCULO 9.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (https://www.gob.pe/conadis)