Resolución de Presidencia N.° D000066-2025-CONADIS-PRE
21 de marzo de 2025
Artículo 1.- DECLARAR IMPROCEDENTE por falta de legitimidad en el ejercicio de la defensa jurídica, el recurso de apelación interpuesto por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cutervo contra la Resolución Directoral N° D000013-2025- CONADIS-DFS, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Cutervo contra la Resolución Directoral N° D000013-2025-CONADIS-DFS, confirmando todos los extremos de la misma y, en consecuencia, DESESTIMAR el pedido de nulidad de la citada Resolución Directoral por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 3.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Municipalidad Provincial de Cutervo y a su Procuraduría Pública en sus domicilios consignados en el Expediente PAS N° 149-2024-CONADIS.
Artículo 2.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Cutervo contra la Resolución Directoral N° D000013-2025-CONADIS-DFS, confirmando todos los extremos de la misma y, en consecuencia, DESESTIMAR el pedido de nulidad de la citada Resolución Directoral por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 3.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Municipalidad Provincial de Cutervo y a su Procuraduría Pública en sus domicilios consignados en el Expediente PAS N° 149-2024-CONADIS.