Resolución de Presidencia N.° D000065-2025-CONADIS-PRE
20 de marzo de 2025
Artículo 1.- DECLARAR IMPROCEDENTE por falta de legitimidad en el ejercicio de la defensa jurídica, el recurso de apelación interpuesto por la Unidad de Gestión Educativa Local de Rioja contra la Resolución Directoral N° D000020-2025- CONADIS-DFS, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- DECLARAR CONSENTIDO el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral N° D000020-2025-CONADIS-DFS y, por ende, agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Unidad de Gestión Educativa Local de Rioja y a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de San Martín, en sus domicilios procesales consignados en el Expediente PAS N° 140-2024- CONADIS.
Artículo 2.- DECLARAR CONSENTIDO el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral N° D000020-2025-CONADIS-DFS y, por ende, agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Unidad de Gestión Educativa Local de Rioja y a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de San Martín, en sus domicilios procesales consignados en el Expediente PAS N° 140-2024- CONADIS.