Resolución de Presidencia N.° D000182-2024-CONADIS-PRE

23 de setiembre de 2024

Artículo 1.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (Estación Caquetá) en el extremo de la vulneración del debido procedimiento por la falta de notificación del Acta de Fiscalización N° 034-2022-DFS/SDF/FSR; y, en consecuencia, DECLARAR LA NULIDAD de la Resolución Directoral N° D000189-2024-CONADIS-DFS y todo lo actuado hasta el momento de la notificación del Acta de Fiscalización N° 034-2022-DFS/SDF/FSR, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- DECLARAR que carece de objeto pronunciarse sobre los demás extremos del recurso de apelación interpuesto por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao contra la Resolución Directoral N° D000189-2024-CONADIS-DFS, conforme lo señalado en el artículo precedente.

Articulo 3.- DISPONER la notificación de la presente Resolución de Presidencia a la Oficina de Recursos Humanos para conocimiento y a la Secretaría Técnica de las Autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario, a efectos de que se proceda con el deslinde de responsabilidades conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3 del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución de Presidencia a la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao en su domicilio procesal señalado en el expediente de procedimiento administrativo sancionador.
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