Resolución de Presidencia N.° D000163-2024-CONADIS-PRE

20 de agosto de 2024

Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO la delegación de facultades otorgada a la Oficina de Administración del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, en lo referido a la materia de recursos humanos, contenida en el numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución de Presidencia N° D000001-2024-CONADISPRE, modificada con Resolución de Presidencia N° D000115-2024-CONADIS-PRE.

Artículo 2.- INCORPORAR los literales d), e), f) y g) al artículo 3 de la Resolución de Presidencia N° D000001-2024-CONADIS-PRE, modificada con Resolución de Presidencia N° D000115-2024-CONADIS-PRE, conforme al siguiente tenor:
“Artículo 3.- Delegar en el/la directora/a de la Oficina de Recursos Humanos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), durante el año fiscal 2024, las facultades que se detallan a continuación: (…) d) Representar al CONADIS ante autoridades y/o dependencias administrativas del sector público y/o instituciones privadas para iniciar y/o proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos, desistirse, interponer queja contra los defectos de tramitación, solicitar la rectificación de errores, entre otras pretensiones; siempre que se encuentren vinculadas a la materia de recursos humanos, que resulten necesarias para el desarrollo de los objetivos institucionales. e) Autorizar y/o resolver las acciones de suplencia del personal comprendido en el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y en el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728, previa opinión de las áreas usuarias y el análisis técnico realizado por la Oficina de Recursos Humanos, salvo para los casos de personal clasificado como empleado de confianza o de libre designación o remoción. f) Autorizar y/o resolver las demás acciones de desplazamiento del personal comprendido en el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, así como las que corresponden al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728, previa opinión de las áreas usuarias y el análisis técnico realizado por la Oficina de Recursos Humanos, salvo para los casos de personal clasificado como empleado de confianza o de libre designación o remoción. g) Gestionar, suscribir, modificar, resolver y renovar los convenios que brinden beneficios de tipo no económico a los servidores del CONADIS, en virtud de fomentar su motivación; abarcando temas de recreación, de cultura, académicos y que, asimismo, impacten en el núcleo familiar de los servidores, a fin de mejorar la calidad de vida y cubrir algunas de las necesidades externas o internas.”

Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución al personal directivo a quien se le delega facultades y atribuciones mediante la presente Resolución.

Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis).
Vista preliminar de documento RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° D000163-2024-CONADIS-PRE

RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° D000163-2024-CONADIS-PRE

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