Resolución de Gerencia General N.° D000048-2024-CONADIS-GG

25 de junio de 2024

Artículo 1.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, encargado de la defensa jurídica del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, a conciliar con el Centro Empresarial Juan de Arona – CEJA, en el procedimiento conciliatorio N° 048-2024, sobre las controversias en la ejecución del contrato N° 006-2020-CONADIS-OAD “Contratación del Servicio de Arrendamiento de Inmueble para las Oficinas del CONADIS”, en el marco de lo dispuesto en Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; y, el Decreto Supremo N° 018-2019-JUS que aprueba el Reglamento del referido Decreto Legislativo N° 1326; precisándose que por la presente autorización los puntos a conciliar deben comprender literalmente los siguientes:

a) Respecto a la primera reclamación referida a: “CONADIS pagará y/o reembolsará a CEJA el valor de las reparaciones de las observaciones físicas al estado del inmueble, las modificaciones no autorizadas, realización de mantenimientos y reparaciones derivadas de la falta de mantenimiento oportuno, exceptuando la entrega del documento físico de certificados” por la suma de S/. 127,519.88.
Las partes acordaron que el monto final que CONADIS asumirá asciende a la suma de S/. 113,761.89, conforme a la cotización remitida por la Unidad de Abastecimiento del CONADIS. Dicho monto será descontado de la garantía otorgada por CONADIS, comprometiéndose CEJA a devolver el saldo, que asciende a S/. 79,758.75, una vez archivada la denuncia penal.

Respecto a la segunda reclamación referido a: “CONADIS pagará el servicio de arrendamiento por el periodo comprendido entre el 7 y 12 de julio de 2023, fecha efectiva de la desocupación”.
Las partes acordaron que CEJA se desiste de exigir el cumplimiento de esta pretensión.
c)Respecto a la tercera reclamación referido a: “CONADIS pagará los costos de gasto común y servicios por el periodo comprendido entre el 7 y 12 de julio de 2023”.
Las partes acordaron que CEJA se desiste de exigir el cumplimiento de esta pretensión.
d) Respecto de la reclamación del CONADIS consistente en la exigencia de la restitución de la garantía entregada a CEJA en virtud del Contrato de la referencia ascendente a S/ 193,520.64 (Ciento noventa y tres mil quinientos veinte y 64/100 Soles), CEJA acepta la propuesta del CONADIS de (i) descontar de ese importe el valor acordado de la primera reclamación, generando un único saldo a favor de CONADIS ascendente a S/ 79,758.75 (Setenta y nueve mil setecientos cincuenta y ocho y 75/100 Soles), y (ii) pagarlo a CONADIS una vez de que se haya archivado la denuncia penal por apropiación ilícita interpuesta en contra del señor Renato Constantini Gallo en su condición de gerente general de CEJA.
e) Existiendo la Carpeta Fiscal N° 649-2024 tramitándose ante el Tercer Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro – Lince, CONADIS se compromete a poner en conocimiento de la Procuraduría Pública a fin de que dentro de su autonomía a Informar a la Titular de la entidad a: (i) no impugnar la resolución fiscal que declara no ha lugar para aperturar investigación, (ii) a impulsar el archivo definitivo de la denuncia, debiendo solicitar a la Fiscalía que declare consentida la resolución fiscal que declara no ha lugar para aperturar investigación, así como a (iii) renunciar a formular cualquier otra denuncia penal contra CEJA o sus representantes por los hechos relativos al Contrato N° 006-2020-CONADIS-OAD “Contratación del Servicio de Arrendamiento de Inmueble para las Oficinas del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad”.
f)En caso surja cualquier controversia respecto a la ejecución del acuerdo conciliatorio ambas partes, de mutuo acuerdo, se someten a la competencia de los Órganos Jurisdiccionales de Lima”.

Artículo 2.- Disponer que, en mérito a la autorización conferida en los artículos precedentes, la Procuraduría Pública del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables informe al titular de esta entidad respecto a la conciliación realizada.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Gerencia General en el Portal Institucional de la Entidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis).
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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL-000048-2024-GG

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