Resolución de Presidencia N.° D000121-2024-CONADIS-PRE

21 de junio de 2024

Artículo 1. Creación y objeto de la Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo
Formalizar el Acuerdo del Consejo Directivo adoptado en la Segunda Sesión Ordinaria creando la “Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo para la elaboración de la Hoja de Ruta en Tecnología de Apoyo para el Periodo 2024 – 2030 del Consejo Directivo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad”.
Artículo 2.- Conformación
La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo está conformada por:
a)Un/a representante del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, quien lo preside;
b)Un/a representante del Ministerio de Salud;
c)Un/a representante del Ministerio del Interior;
d)Un/a representante del Ministerio de Defensa;
e)Un/a representante del Ministerio de Educación;
f)Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
g)Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
h)Un/a representante del Seguro Social de Salud;
i)Un/a representante del Instituto Nacional de Rehabilitación.

Artículo 3.- Funciones
La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo tiene las funciones siguientes:
•Identificar y proponer las actividades relevantes para ser incorporadas en la Hoja de Ruta en Tecnología de Apoyo para el período 2024 – 2030.
•Elaborar la Hoja de Ruta en Tecnología de Apoyo para el período 2024 - 2030.
•Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto.
La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo emite un informe final con las acciones desarrolladas como resultado del trabajo realizado.

Artículo 4.- Designación de representantes
Las entidades señaladas en el Artículo 2 de la presente Resolución de Presidencia designan a sus representantes titulares y alternos mediante un documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica de la Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 5.- Participación de otras entidades o personas
La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras entidades públicas e instituciones privadas, nacionales o internacionales, organizaciones que conforman y/o representan a las personas con discapacidad; así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto.

Artículo 6.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica de la Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo está a cargo de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, para que proporcione asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto.

Artículo 7.- Instalación
La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo se instala en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 8.- Financiamiento
Las entidades que conforman la Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 9.- Plazo de vigencia
La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo tiene vigencia por un período de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación, siendo prorrogable dicho plazo por un período adicional, de corresponder.

Artículo 10.- Notificación
Notificar la presente Resolución al Ministerio de Salud, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Seguro Social de Salud, Instituto Nacional de Rehabilitación, Ministerio de Educación, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 11.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Vista preliminar de documento RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° D000121-2024-CONADIS-PRE

RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° D000121-2024-CONADIS-PRE

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