Resolución de Gerencia General N.° D000046-2024-CONADIS-GG
18 de junio de 2024
Artículo 1.- MODIFICAR los numerales 7.3.5 y 7.3.6 de la Directiva N° D000007-2023-CONADIS-GG, denominada “Directiva para establecer disposiciones para la implementación de la gestión por procesos en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - Conadis”, aprobada por Resolución de Gerencia General N° D000070-2023-CONADIS-GG, conforme con el texto siguiente:
“(…)
7.3.5 El análisis de los procesos es un paso que consiste en la comparación de los resultados obtenidos de la medición y del seguimiento contra las metas definidas para cada indicador con el propósito de cuantificar el desempeño de los procesos.
La OPPM, a fin de cumplir con el seguimiento y medición del proceso, solicita el “Reporte de Desempeño de Indicadores” (Anexo 06) que le corresponde a cada una de las unidades de organización respecto al cumplimiento de sus indicadores.
Con una frecuencia semestral, la Gerencia General se reúne con los dueños de cada proceso para revisar el cumplimiento de las metas trazadas, la misma que será coordinada por la OPPM. En esta sesión, el dueño de cada proceso presenta los Reportes de Desempeño a su cargo y expone, a través de los gráficos y datos acumulados de sus indicadores, el desempeño alcanzado.
7.3.6 El objetivo de la reunión de seguimiento establecida entre la Gerencia General y las unidades de organización es identificar las brechas de cumplimiento en relación con las metas y los potenciales problemas a resolver. Del análisis efectuado, se podrían identificar los potenciales problemas a resolver en los procesos. La OPPM participa de manera activa en cada reunión de seguimiento.
De acuerdo con el resultado de las brechas identificadas, se define la necesidad de implementar mejoras en el proceso, según con los pasos establecidos en la Fase de Mejora de Procesos, señalado en el numeral 7.4 de la presente Directiva.”
Artículo 2.- NOTIFICAR a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, para que se adopten las medidas necesarias para el cumplimiento del artículo 1 de la presente Resolución, y, asimismo, a las unidades orgánicas del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) (https://www.gob.pe/conadis).
“(…)
7.3.5 El análisis de los procesos es un paso que consiste en la comparación de los resultados obtenidos de la medición y del seguimiento contra las metas definidas para cada indicador con el propósito de cuantificar el desempeño de los procesos.
La OPPM, a fin de cumplir con el seguimiento y medición del proceso, solicita el “Reporte de Desempeño de Indicadores” (Anexo 06) que le corresponde a cada una de las unidades de organización respecto al cumplimiento de sus indicadores.
Con una frecuencia semestral, la Gerencia General se reúne con los dueños de cada proceso para revisar el cumplimiento de las metas trazadas, la misma que será coordinada por la OPPM. En esta sesión, el dueño de cada proceso presenta los Reportes de Desempeño a su cargo y expone, a través de los gráficos y datos acumulados de sus indicadores, el desempeño alcanzado.
7.3.6 El objetivo de la reunión de seguimiento establecida entre la Gerencia General y las unidades de organización es identificar las brechas de cumplimiento en relación con las metas y los potenciales problemas a resolver. Del análisis efectuado, se podrían identificar los potenciales problemas a resolver en los procesos. La OPPM participa de manera activa en cada reunión de seguimiento.
De acuerdo con el resultado de las brechas identificadas, se define la necesidad de implementar mejoras en el proceso, según con los pasos establecidos en la Fase de Mejora de Procesos, señalado en el numeral 7.4 de la presente Directiva.”
Artículo 2.- NOTIFICAR a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, para que se adopten las medidas necesarias para el cumplimiento del artículo 1 de la presente Resolución, y, asimismo, a las unidades orgánicas del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) (https://www.gob.pe/conadis).