Resolución de Presidencia N.° D000023-2024-CONADIS-PRE

5 de febrero de 2024

Artículo 1.- DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por el Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión, por el reconocimiento responsabilidad administrativa de la comisión de la infracción contemplada en el literal a) del numeral 81.4 del artículo 81 de Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, referida a: "Contravenir las normas de accesibilidad en el entorno urbano y las edificaciones", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- DISPONER la graduación de la sanción impuesta al Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión, reduciendo en un 50 % la multa señalada en la Resolución Directoral N° D000317-2023-CONADIS-DFS, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del literal a) del numeral 2 del artículo 257 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Artículo 3.- DECLARAR INFUNDADO los demás extremos del recurso de apelación interpuesto por el Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Articulo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución al Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión, al domicilio real y procesal consignado en los actuados correspondientes.

Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/conadis).

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