Resolución de Presidencia N.° D000017-2024-CONADIS-PRE
RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° D000017-2024-CONADIS-PRE
26 de enero de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Seguro Social de Salud (Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren de la Red Asistencial Sabogal) contra la Resolución Directoral N° D000316-2023-CONADIS-DFS, confirmándose los demás extremos de la misma, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución al Seguro Social de Salud (Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren de la Red Asistencial Sabogal) en su domicilio real y procesal consignados en el recurso de apelación.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/conadis).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidenta
Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad
(DOCUMENTO CON FIRMA DIGITAL)
Artículo 1.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Seguro Social de Salud (Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren de la Red Asistencial Sabogal) contra la Resolución Directoral N° D000316-2023-CONADIS-DFS, confirmándose los demás extremos de la misma, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución al Seguro Social de Salud (Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren de la Red Asistencial Sabogal) en su domicilio real y procesal consignados en el recurso de apelación.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/conadis).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidenta
Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad
(DOCUMENTO CON FIRMA DIGITAL)