Resolución de Presidencia N.° D000138-2023-CONADIS-PRE
21 de noviembre de 2023
Artículo 1.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO – ATU (Estación Caquetá) contra la Resolución Directoral N° D000233-2023-CONADIS/DFS, en el extremo del transcurso del plazo establecido en el artículo 103 del Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; en consecuencia, se declara la caducidad del Procedimiento Administrativo Sancionador - PAS iniciado mediante la Resolución Subdirectoral N° 033-2023-CONADIS-SDIS, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución a la AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO – ATU, en su domicilio real y procesal en Calle José Gálvez N° 550, distrito de Miraflores, mencionado en el recurso de apelación, así como a la Dirección de Fiscalización y Sanciones.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis).
Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución a la AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO – ATU, en su domicilio real y procesal en Calle José Gálvez N° 550, distrito de Miraflores, mencionado en el recurso de apelación, así como a la Dirección de Fiscalización y Sanciones.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis).