Resolución N.° D000134-2023-CONADIS-PRE
Aprueban la Directiva Nº D000005-2023-CONADIS-PRE, “Directiva para la Transversalización de la Perspectiva de Discapacidad en las Entidades de la Administración Pública”
15 de noviembre de 2023
Artículo 1.- APROBAR la Directiva Nº D000005-2023-CONADIS-PRE, “Directiva para la Transversalización de la Perspectiva de Discapacidad en las Entidades de la Administración Pública”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- DISPONER que la Dirección de Políticas e Investigaciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad brinde la asistencia técnica correspondiente a las entidades de la Administración Pública para la transversalización de la perspectiva de discapacidad, de acuerdo a las disposiciones de la presente Directiva.
Artículo 3.- DISPONER que la Dirección de Políticas e Investigaciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad absuelva las consultas que se formulen, interprete y/o define los alcances de las diversas disposiciones de la Directiva aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución, a través de la emisión de los informes técnico-vinculantes correspondientes.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su respectivo Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 2.- DISPONER que la Dirección de Políticas e Investigaciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad brinde la asistencia técnica correspondiente a las entidades de la Administración Pública para la transversalización de la perspectiva de discapacidad, de acuerdo a las disposiciones de la presente Directiva.
Artículo 3.- DISPONER que la Dirección de Políticas e Investigaciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad absuelva las consultas que se formulen, interprete y/o define los alcances de las diversas disposiciones de la Directiva aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución, a través de la emisión de los informes técnico-vinculantes correspondientes.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su respectivo Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.