Resolución de Presidencia N.° D000116-2023-CONADIS-PRE
29 de setiembre de 2023
Artículo 1.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Hospital Hermilio Valdizán contra la Resolución Directoral N° D000166-2023-CONADIS-DFS, confirmando todos sus extremos, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la Hospital Hermilio Valdizán en su domicilio real y procesal consignados en el recurso de apelación.
Artículo 4.- DISPONER que la Unidad de Tecnología e Informática publique la presente Resolución, en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis).
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la Hospital Hermilio Valdizán en su domicilio real y procesal consignados en el recurso de apelación.
Artículo 4.- DISPONER que la Unidad de Tecnología e Informática publique la presente Resolución, en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis).