Resolución de Presidencia N.° D000066-2023-CONADIS-PRE
21 de junio de 2023
Artículo 1.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Puente Piedra contra la Resolución Directoral N°D000098-2023- CONADIS-DFS, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la misma y confirmar los extremos de dicha resolución.
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la Municipalidad Distrital de Puente Piedra su domicilio real y procesal consignados en el recurso de apelación.
Artículo 4.- DISPONER que la Unidad de Tecnología e Informática publique la presente Resolución, en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis).
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la Municipalidad Distrital de Puente Piedra su domicilio real y procesal consignados en el recurso de apelación.
Artículo 4.- DISPONER que la Unidad de Tecnología e Informática publique la presente Resolución, en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis).